El 21 de octubre de 2015 un relator especial, Pablo de Greiff, presentó ante la Asamblea General de la ONU un exhaustivo reporte sobre el asunto de «verdad, justicia, reparación y las garantías de no repetición» que se busca que los estados apliquen y respeten. En el punto 4 de la Introducción dice el reporte textualmente refiriendose a un reporte previo a este, «Esta primera interpretación quedó consagrada en los Principios y Directrices Básicos sobre el Derecho de las Víctimas de Violaciones Manifiestas de las Normas Internacionales de Derechos Humanos y de Violaciones Graves del Derecho Internacional Humanitario a Interponer Recursos y Obtener Reparaciones, aprobados por la Asamblea General en la resolución 60/147, de 16 de diciembre de 2005. De conformidad con los Principios y Directrices, las garantías de no repetición son una de las formas de reparación (recurso) a las que las víctimas tienen derecho (véase el párr. 23 de la resolución 60/147).» En este reporte se aborda, entonces, el tema de las garantía que los estados deben ofrecer a sus ciudadanos de «no repetición» de tales hechos de violación de los DD.HH. por parte del Estado.
Para leer el reporte completo ONU_N1532650_informe_relator_especial