CORTE SUPREMA RESUELVE A FAVOR DE DEMANDAS EX-PPS DE SAN ANTONIO INDEMNIZA CON 30 MILLONES

Con fecha 10 de abril de 2017, la Segunda Sala de la Corte Suprema rechazó el recurso de casación presentado por el Consejo de Defensa del Estado. La Corte Suprema condenó al Fisco de Chile a pagar por consejos de indemnización de perjuicios por daño moral la suma de $30 millones de pesos a cada uno de los 70 demandantes aprobados. En uno de los casos, la Suprema, a diferencia de los otros, indemnizó con $20 millones de pesos.

Todos los demandantes son ex-prisioneros/as políticos de San Antonio. Esta causa (C-12376-2011) fue abierta el año 2011 por el abogado Miguel Cancino Sánchez, con un total de 92 demandantes. Algunos de los casos fueron cuestionados por la corte. El 7 de mayo del 2015 fue resuelto a favor de los demandantes en primera instancia por el 27 Juzgado Civil de Santiago.

Al parecer el Estado de Chile, con sus administradores de turno, no quieren aceptar la tendencia de las cortes en cuanto a la obligación del Estado de pagar indemnización a los ex-presos/as políticos de la dictadura cívica militar que sufrieron la represión y la violación de sus derechos humanos, junto a sus familias. Todo esto usando el Estado como herramienta de suplicio.

Felicitaciones al abogado de esta causa y a los compañeros y compañeras que se dieron el trabajo de reeditar el sufrimiento para probar los daños y perjuicios causados por la represión estatal. Por ahora, y hasta que el Estado no asuma su responsabilidad no queda más que continuar demandando en las cortes para lograr indemnización.

17 opiniones en “CORTE SUPREMA RESUELVE A FAVOR DE DEMANDAS EX-PPS DE SAN ANTONIO INDEMNIZA CON 30 MILLONES”

  1. Yo también quiero felicitar al compañero abogado y la directiva por tan grande esfuerzo en llevar estas demandas de todos los compañeros que se encuentran esperando por años alguna mala o buena noticia de sus tramites. Sabemos muy bien que trabas siempre van a haber, sobretodo cuando hay jueces derechistas e incluso algunos izquierdistas renovados que no hablan y no apuran nuestras causas y guardan silencio por las limosneras indemnizaciones que han aprobado. Y lo mas terrible compañero Rosas es el tramite tan burocrático y tan largo para algunos compañeros que nunca podrán recibir en vida una indemnización que se merece un preso politico y por las tantas aberraciones que pasamos. Desde ya, a pesar de todo las trabas seguiremos esperando las otras demandas que se esta viendo internacionalmente y que según este gobierno prescribieron. Jamas van a prescribir y ojala luego tengamos noticias yo y mi hermano estamos en la 4ta demanda. Bueno, desde ya un abrazo y fuerza hasta vencer.

  2. Hola,que tal. Quisiera saber en cuanto tiempo el estado tiene para pagar indemnizaciones ratificadas por la Corte Suprema. Saludos cordiales.

    1. Respuesta larga (pero instructiva), para pregunta corta del compañero Martín:

      La consulta sobre el tiempo que demora el trámite de cumplimiento de sentencia en que el Estado es condenado a pagar indemnizaciones carece de una respuesta exacta, pues depende de varios factores y de la prontitud con que efectúen los diversos pasos hasta que se produce el pago.

      Partiendo de la fecha de publicación de la sentencia final de la Corte Suprema. Se demora más de una semana en bajar el expediente desde la Suprema a la Corte de Apelaciones y algo más en volver de ahí al juzgado de origen, con la resolución de «Cúmplase». Eso debido a que debe dejarse constancias administrativas en los registros internos de cada tribunal y a que se debe dejar constancia de las resoluciones y de la documentación que se devuelve.

      Al llegar el expediente y sus anexos al juzgado civil se dicta la resolución de «cúmplase»., Luego el abogado de los demandantes debe solicitar que se certifique que el fallo se encuentra «ejecutoriado», es decir que se puede exigir por la parte interesada el cumplimiento de la sentencia. Al solicitarse el cumplimiento, el tribunal ordena que se liquide el crédito (considerando el eventual reajuste ordenado). A pedido del abogado de los demandantes se envía oficio del Juzgado al Ministerio de Justicia, con copias de las sentencias de primera y segunda instancias y la de casación, con los respectivos certificados de cúmplase, etc.

      El Ministerio de Justicia, al recibir los antecedentes con el requerimiento del juzgado, a su vez remite todos los antecedentes para que informe el Consejo de Defensa del Estado CDE (ese trámite puede tardar algunos meses). Si el CDE formula reparos respecto a que falta algún antecedente o que algo está incompleto, entonces el Ministerio de Justicia requiere al Juzgado corregir o completar lo solicitado. Una vez que se soluciona ese tema el Ministerio de Justicia vuelve a solicitar informe al Consejo de Defensa del Estado.

      Dando su conformidad, el CDE informa al Ministerio que corresponde dictar el correspondiente decreto o resolución ordenando que Tesorería Regional Metropolitana disponga el pago de la suma determinada a las personas que se indica con nombre completo y su RUT, o a quien sus derechos represente con facultad de percibir. Dictado el decreto o resolución de pago, Tesorería revisa si alguno de los beneficiarios se encuentra fallecido o si tiene deudas de impuestos. Si el abogado ha solicitado el pago con facultad de percibir, los mandatos judiciales pasan a revisión del departamento jurídico para verificar la vigencia y facultades del mandatario.

      En fin, según el caso y considerando la cantidad de los demandantes, todo el trámite puede tardar más de seis meses y hasta más de un año antes de que los interesados reciban su indemnización.

      El trámite se complica y tarda aún más tiempo cuando el beneficiario ha fallecido durante el juicio, pues Tesorería exigirá a los familiares que se haya obtenido la posesión efectiva de la herencia y que en el inventario de bienes hereditarios aparezca la suma de dinero ordenada pagar en el juicio (Impuestos Internos debe informar al tribunal y si se calcula algún impuesto se deberá pagarlo). Además, Tesorería exige que los herederos den poder a uno de ellos para recibir el pago (lo que puede ser problemático cuando, por ejemplo, existan dificultades de contacto entre ellos,etc).

      Como puede verse el trámite es de carácter administrativo con todas las trabas y complicaciones que caracterizan la BUROCRACIA y la buena o mala voluntad. La Administración Pública (de cualquier Gobierno) puede actuar con mayor o menor diligencia según las influencias políticas o personales que se ejerzan.

      Fraternales saludos.

      Víctor Rosas Vergara
      Abogado y Vicepresidente de la UNExPP

      1. Cuando dan orden de liquidar los créditos y ya suben la liquidación de crédito cuanto tiempo hay que esperar más para que el fisco o tesorería del estado pague dicha endemnizacion gracias.

        1. Los procesos varían de caso a caso. En algunos, ha demorado cerca del año en proceder a hacer efectivo pago. Durante ese tiempo los fondos de indemnizaciones están devengando intereses. Su abogado es la persona que debe saber como marcha esto.

  3. Felicitaciones a los compañeros demandantes y al equipo jurídico que le dobló la mano a funcionarios traidores y serviles. Este es el camino a seguir y no sentarse con corruptos que solo pretenden ganar tiempo y alentar falsas esperanzas a los compañeros.

  4. Estimada compañera Nelly,
    Quisiera conocer el estatus de la demanda colectiva anunciada en Enero 2016 para la cual entregue la documentación solicitada.
    Mi caso fue en La Serena (Regimiento Arica).
    Saludo fraterno,

    1. Aun no hemos podido organizar las querellas nacionales, por falta de recursos humanos y financieros. Pero, hemos ido procesando lo que ha llegado. Sergio Reyes, Editor UNExPP.

  5. Hola, quisiera saber por un formulario que llenamos hace un par de meses para incluir a nuestro padre en la demanda al estado. A la fecha no hemos recibido información si la recibieron o no. Queremos ser partícipes de esta, como hijos de un preso político. Atenta a comentarios, un abrazo fraterno.
    Cristina Gangas.

    1. Estimada Cristina, si se trata del compañero Heriberto Jesús Gangas Silva, le informo que el formulario con los datos de su padre ha sido recibido y sus datos están siendo procesados. Fraternalmente, Nelly Cárcamo V.

      1. Buenas noches Nelly, sé que ha pasado mucho tiempo, cambié mi correo, por lo que no sé si me habrán enviado alguna información. Hoy estamos demandando al estado en forma particular.
        De ante mano muchas gracias y te estaré informando sobre la demanda.
        Abrazos fraternos.
        Cristina Gangas

  6. Felicitaciones a los demandantes y a sus Abogados. ¿Dónde se puede leer la demanda y la resolución de la Corte Suprema de este caso? Cordialmente,
    J.M.

  7. Por eso yo demandaré al Estado de Chile en la Corte Interamericana de DDHH. Mis abogados me aconsejaron que espere la resolución que dará a conocer el gobierno de Chile en los próximos días y después comenzaremos la demanda. El gobierno de Chile es una burla. La demanda internacional es lenta, pero ya estamos acostumbrados.

  8. Me alegro infinitamente por el éxito de los compañeros ex presos políticos de San Antonio y felicito al abogado por los resultados.
    Parece que la tendencia es que las cortes aprueben demandas por montos generosos y otras por montos mezquinos. Tal vez sea una estrategia disociadora. Pero debemos estar firmes y no bajar los brazos los que aún no entablamos demandas, como los que estamos en el refichaje. Otra ves felicitaciones por este logro, compañeros.

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