BECAS VALECH SOLO PARA UNA PERSONA

La mano izquierda de la Concertación que dá y la mano derecha de la misma, que quita. Seguimos con los fraudes comunicacionales de Ricardo Lagos

Estimados compañeros:

Los Beneficiarios Directos de la Ley N ° 19.992 podrán transferir el Beneficio a un hijo o nieto,

* La Ley N °19.992 no contemplaba el traspaso del beneficio a ningún miembro de la familia.
Continuar leyendo «BECAS VALECH SOLO PARA UNA PERSONA»

PROPUESTA DE REFORMA LEGAL

PROPUESTA DE REFORMA LEGAL QUE CREA LA ACCIÓN DE INDEMNIZACIÓN POR VIOLACIONES GRAVES A LOS DERECHOS HUMANOS

INTRODUCE MODIFICACIONES A LA LEY 18.575 DE BASES GENERALES DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO

I. INTRODUCCION

La obligación del Estado de indemnizar a las víctimas de violaciones graves a los derechos humanos tiene su fundamento en que todo Estado debe respetar y hacer respetar los derechos humanos. Esta obligación comprende el prevenir las violaciones, investigarlas, tomar medidas apropiadas contra los violadores y proporcionar los recursos jurídicos y de reparación a las víctimas directas o a sus parientes próximos.
Continuar leyendo «PROPUESTA DE REFORMA LEGAL»

PREPARACIÓN LA QUINTA DEMANDA COLECTIVA

          Estamos ahora preparando la quinta demanda civil (colectiva) contra el Estado de Chile en representación de ex prisioneros políticos y torturados, exigiendo el pago de una indemnización justa y adecuada por el daño moral sufrido.  Es decir, es una demanda civil que presentaremos en Santiago (al igual que las cuatro anteriores). Esperamos superar la meta de  los 3000 demandantes en total (las 4 anteriores suman ya 2322).  Estamos organizados en casi todo el país como «UNIÓN DE EX PRISIONEROS POLÍTICOS DE CHILE«.  También participan en las demandas muchos compañeros residentes en el exilio, aunque en muchos países carecemos aún de orgánicas de apoyo.

Continuar leyendo «PREPARACIÓN LA QUINTA DEMANDA COLECTIVA»

TRES TESIS BÁSICAS DE LA UNIÓN DE EX PRISIONEROS POLÍTICOS DE CHILE

1. INDEMNIZACIÓN POR ENCARCELAMIENTO INDEBIDO Y TORTURA:

El Estado debe hacerse responsable del inmenso daño que afecta a decenas de miles de víctimas en Chile.

Es un Derecho fundamental e internacionalmente reconocido: “Todo Estado Parte velará por que su legislación garantice a la víctima de un acto de tortura la reparación y el derecho a una indemnización justa y adecuada, incluidos los medios para su rehabilitación lo más completa posible. En caso de muerte de la víctima como resultado de un acto de tortura, las personas a su cargo tendrán derecho a una indemnización”. (Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, Artículo 14)
Continuar leyendo «TRES TESIS BÁSICAS DE LA UNIÓN DE EX PRISIONEROS POLÍTICOS DE CHILE»