TRIBUNAL CONSTITUCIONAL SENTENCIA SE DEBE PAGAR PGU A PENSIONADOS VALECH

El 11 de noviembre 2025, el Tribunal Constitucional (TC) sentenció sobre un requerimiento presentado por el abogado Marcelo Vasseur Aguirre, y en dicha sentencia declaró inconstitucional el art. 36 incisos 2, 3 y 4 de la Ley 21.419 (LEY PGU). Esto significa que el Estado no puede negarle la PGU a los Pensionados Valech. Esta sentencia del TC permite, entonces, que se pueda presentar una acción ante los Tribunales para que quienes fueron negados el beneficio por ley reciban:

• El pago de su PGU (sin la necesidad de esperar los plazos de la nueva reforma previsional).
• Pago Retroactivo (Desde junio 2022)
• Intereses y Reajustes.


Ante esta situación nuestra organización felicita y reconoce el mérito de abogado Sr. Marcelo Vasseur, por la iniciativa y por el importante logro.
Consideramos además importante sugerir y motivar a nuestros compañeros y compañeras a presentar la acción judicial, pero sin perjuicio de esto, nuestra organización junto a otras organizaciones de derechos humanos, intentaremos hacer gestiones para llegar al Presidente Boric y al Ministro de Justicia y de DD.HH, para que se recoja esta sentencia que claramente determina que el artículo 36, de Ley 21.419 (LEY PGU), es inconstitucional por ser discriminatoria y procedan a corregirla administrativamente de tal manera que permita el pago sin tener que esperar los plazos de la nueva reforma previsional, además del Pago Retroactivo (Desde junio 2022).

La solución política- administrativa, llegaría a todos los afectados y no sólo a los que puedan demandar. El obligarnos a demandar implicaría la saturación de los tribunales de justicia en largos juicios, con un evidente perjuicio y revictimización de los/as afectadas que son mayoritariamente personas de avanzada edad y solo resolvería el problema a los demandantes.
Informamos también que el abogado que llevó a cabo este requerimiento cobra el 30% de lo que se pudiera ganar, pero informamos también que ya hay otros abogados que están ofreciendo sus servicios por una cuota litis menor.

UNExPP, 21 noviembre 2025

16 opiniones en “TRIBUNAL CONSTITUCIONAL SENTENCIA SE DEBE PAGAR PGU A PENSIONADOS VALECH”

  1. Buenas noches, le escribo desde Neuquén, Argentina, venía en la micro a casa y leyendo los comentarios y me siento un poco abatido, triste estoy tan cerca de Lautaro, de Temuco y la tristeza es leer que no corresponde a los vivimos fuera de Chile, operado del corazón, con varios stent, más de 70 años, peleándola para obtener los medicamentos que son varios, pasándola muy mal y cuándo leí ayer solo el título me alegre, pero con la «letra chica» todo cambio en mi ánimo.

  2. Tengo la siguiente duda de acuerdo a lo que informan ,para poder obtener la pgu como ex prisionera política , se debe contratar un abogado? , ahora sino es así cuando se comienza a pagar.

    1. Su respuesta está en el artículo. Favor leer con atención. Hay fechas segun la reforma para optar a la pgu si es ex presa politica segun su edad. Para otros asuntos como pago retroactivo se debe presentar demanda.

  3. Hola compañeros viejitos y mi amigo y compañero VICTOR, espero estén vivos juntos a sus familiares todavía y esperando siempre algún milagro de alguna otra demanda ganada. Quiero preguntar por el reciente mérito del Sr. Abogado Marcelo Vasseur para obtener la PGU, que nos negaron a recibirla, según sentencia a favor nuestro. La pregunta es para VALECH y RETTIG, SI SE LOGRARA GANAR. ESO ANTES QUE ENTRE UN GOBIERNO PINOCHETISTAS Y SEA RECHAZADA. ESO. SALUDOS A TODOS.

    1. Saludos. El artículo valora el trabajo hecho por el abogado Vasseur ante el Tribunal Constitucional. Todo esto es reciente y aun no se ven los resultados concretos. Lamentablemente, de nuevo hay que judicializar las demandas, las que por ser tales, solo se aplican a quienes presenten demandas. De acuerdo a la reforma previsional, los que recibimos pensiones de reparación si podremos «optar» a la PGU, sin considerar las pensiones de reparación como ingreso. Antes no podíamos ni optar siquiera. Como todos, igual tendremos que someternos a los limites de ingreso para recibir la PGU.

  4. Hola compañeros viejitos y mi amigo y compañero VICTOR, espero estén vivos juntos a sus familiares todavía y esperando siempre algún milagro de alguna otra demanda ganada, quiero preguntar x la reciente mérito del Sr. Abogado marcelo vasseur para obtener la PGU, que nos negaron a recibirla, según sentencia a favor nuestro, la pregunta es para VALECH y RETIG???, SI SE LOGRARA GANAR.ESO ANTES QUE ENTRE UN GOBIERNO PINOCHETISTAS Y SEA RECHAZADA. ESO SALUDOS. A TODOS.

  5. A la Unión de ex Prisioneros Políticos de Chile pedimos que nos mantengan informado de sus gestiones, no podemos hacer demandas que demorarian más de dos años por la saturación de tribunales. Que este gobierno corrija el error, ya que el próximo no hará nada sea de izquierda o derecha.

    1. Estimado, siempre compartimos información de nuestras gestiones. Sin embargo, si usted quiere resultados, proceda con una demanda. Por estos días hay muchos abogados dispuestos para hacerlas porque de ganarlas (y casi siempre se da) ellos cobran un porcentaje de lo que se gana en el juicio. Los cambios políticos, son menos probables. Ya con este gobierno no hay nada que hacer. El próximo, se definirá el 14 de diciembre, y de ganar la derecha, mucho menos tendremos opciones de nada. Es bueno que usted al ingresar su comentario ingrese una dirección de correo que no sea falsa, para que lo contactemos, de ser necesario. Gracias.

    1. Para optar a la PGU, aparte de pertenecer al 90% de menores ingresos de la población, debe acreditar residencia en Chile por un período mínimo de 20 años continuos o discontinuos, los cuales se contarán desde que la persona que pide la PGU haya cumplido 20 años de edad.

    1. Estimada Tabita, si, los/as exonerados/as tienen también derecho según este dictamen. Por lo tanto pueden iniciar una acción judicial usando este dictamen como respaldo, para hacer valer este derecho. Aun cuando el dictamen se refiere a los 41 compañeros que presentaron el requerimiento, con un poco de suerte podría el dictamen ser tomado en cuenta como una prueba, cuando se presente la demanda civil, de no ser así el abogado tendría que presentar el requerimiento por los nuevos demandantes. Lo negativo de esto sería que este procedimiento requiere más o menos de un año y hay que sumarle lo que demora en promedio (1 a 2 años) la demanda civil. Pero independientemente igual vale la pena hacerlo, pero insistimos que tomen un abogado que no cobre más allá del 20 %.
      Saludos fraternales
      Nelly C.

  6. En muchas ocasiones la agrupación de unexpp ha comunicado resoluciones que tienen que ver con beneficios para todos los que sufrimos prisión política y tortura sin embargo nada eso es efectivo y no sabemos si esto es real o no.

    1. En absoluto hacemos aquello que usted dice. Por el contrario. Esto no es un beneficio. Es una acción legal en proceso. Nada le llegará automáticamente. Por eso, adjuntamos el fallo sentencia del Tribunal Constitucional. Si tiene dudas, consulte con un abogado.

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