Consejos de Guerra – Sistema Procesal Antiguo
Dirigido a: Compañeros/as condenados/as en Consejos de Guerra.
1. Acción de Revisión ante la Corte Suprema
Para obtener la anulación de una sentencia dictada por un Consejo de Guerra, se debe interponer un Recurso de Revisión conforme a las normas del Código de Procedimiento Penal antiguo. Esta acción es el mecanismo jurídico idóneo para cuestionar sentencias firmes que adolecen de vicios fundamentales.
Procedimiento paso a paso:
- Presentación: El requerimiento se interpone directamente ante la Corte Suprema.
- Admisibilidad y Estudio: Una vez ingresada, se resuelve sobre su admisibilidad. Si es admitida, el Fiscal Judicial de la Corte Suprema realiza un estudio exhaustivo del expediente y genera un informe recomendando o no acoger el recurso.
- Vista de la Causa: Se lleva a cabo la vista de la causa, instancia donde el abogado patrocinante presenta los alegatos, argumentando la procedencia de la revisión, acreditando la falta de debido proceso, la inexistencia de un tribunal imparcial y, fundamentalmente, la obtención de confesiones o pruebas mediante tortura.
- Resolución: La Corte Suprema determinará si corresponde invalidar la sentencia.
2. Demanda Indemnizatoria
Tras la anulación de la sentencia del Consejo de Guerra, se abre la vía para demandar al Estado por la responsabilidad extracontractual derivada de una condena injusta.
Esta demanda se tramita mediante el procedimiento de Juicio Sumario (regulado en el Código de Procedimiento Civil), lo cual permite una tramitación más expedita y concentrada en comparación con los juicios ordinarios civiles.
Esta acción busca la reparación íntegra por el daño moral y la afectación a la honra ocasionada por la condena basada en declaraciones obtenidas bajo apremios ilegítimos.
3. Consideraciones Importantes
Compatibilidad: Si Usted presentó con anterioridad una demanda civil por prisión política y tortura (en el marco de la calificación de la Comisión Valech o Rettig), esta acción de revisión y posterior demanda es totalmente compatible y no impide su ejercicio, dado que el fundamento jurídico es la anulación de una sentencia específica.
Requisitos Documentales:
- Copia del expediente del Consejo de Guerra (donde figure el nombre del condenado).
- Certificado de acreditación de la Comisión Valech.
Nota histórica: Esta posibilidad emana del cumplimiento de las obligaciones internacionales de Chile, derivadas de sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que instan a la reparación integral y la anulación de estos procesos viciados.
Estimada Compañera:
Por correo me han informado sobre la anulación de los Consejos de Guerra y habilitar la posibilidad de una demanda indemnizatoria.
Según entiendo, esta opción en ningún caso significa alegar por inocencia – lo que implica, por ejemplo, desconocer la calidad de militante de organizaciones de izquierda- sino impugnar el carácter ilegal del Consejo mismo lo que es jurídica y políticamente diferente a alegar inocencia. Si así fuera, me gustaría evaluar la posibilidad de acceder a este recurso.
En mi caso, fui condenado por un Consejo de Guerra celebrado en Pisagua el 30 de mayo de 1974 al amparo del artículo 4 de la ley de seguridad Interior del Estado: formación de milicias, grupos de combate, etc…. Tengo una copia no legalizada de la sentencia.
Sin embargo, carezco de Certificado de acreditación de la Comisión Valech pues, por razones políticas, desistí de presentarme a esa instancia. No obstante, cuento con un carnet como usuario de PRAIS.
Con todo, quisiera solicitar a usted o a quién usted considere, me conceda una audiencia para evaluar la situación y sus posibilidades.
Desde ya agradezco su atención.
RA
Muchas gracias por esta importante información.
Tienen nombres de compañeros abogados conocedores del tema y que puedan asumir la anulación de mi consejo de guerra realizado en Valdivia, 1976?
Gracias de antemano
Rogers Delgado Saez
Estimado compañero, los abogados que están llevando estas acciones judiciales son el compañero Víctor Rosas en conjunto con el abogado Ricardo Michaud. En todo caso tomaré contacto con UD vía WhatsApp, para mayor información.
Saludos fraternales
Nelly C.