Cuarta demanda colectiva de la UNExPP. Sentencia rechaza prescripción y acoge parcialmente demanda de indemnización. Primer éxito de fondo en la vía judicial de la UNExPP
En fallo de primera instancia dictado por el Señor Juez del 27º Juzgado Civil de Santiago, caratulado “Abarzúa con Fisco”, se ha acogido la demanda en contra del Estado de Chile, interpuesta por ex prisioneros políticos y torturados, por la cual se ordena indemnizar por daño moral, a una parte de los demandantes, a diversas sumas en atención al tiempo y al tipo de apremio sufrido.
Fue vencida la tesis del Consejo de Defensa del Estado el cual argumenta que las acciones civiles por indemnización por violaciones a derechos humanos se encuentran prescritas. El Tribunal señala “que las normas generales en materia de prescripción, a las que hace referencia la parte del demandado, tienen por supuesto básico que ésta viene a regular en una situación de plena conmutatividad, en las relaciones civiles entre particulares y, la del Estado, cuando éste actúa en el ámbito privado, no así los actos de administración y autoridad del mismo, que quedan al margen de ella”. Que el artículo 38 de la Constitución “le reconoce el derecho a cualquier persona que haya sido lesionada en sus derechos por la administración del Estado, de sus organismos o las municipalidades, a reclamar ante los Tribunales de justicia las responsabilidades pertinentes, motivo por el cual el ejercicio de la acción en el caso sub lite no está condicionada por límite temporal alguno, tanto es así que, basta al administrado acreditar la existencia del acto u omisión lesiva por parte del Estado o sus agentes para reclamar dicho resarcimiento, y que permite concluir la improcedencia de la prescripción que se plantea por ser improcedente tanto en el rango constitucional como en el legal y que dicen relación con los tratados internacionales suscritos por Chile en materia de protección y fomento al respeto de los derechos fundamentales de las personas”.
El Fisco no fue condenado “en costas por no haber sido totalmente vencido”. ¿Pero qué significa esto? El Consejo de Defensa del Estado en verdad PERDIÓ el juicio en primera instancia.
Ahora bien, queda pendiente la segunda instancia. El Consejo de Defensa es seguro que apelará contra esta sentencia para que el Estado se exima de pagar las indemnizaciones y continuar dilatando el juicio.
Nosotros también deberemos apelar para que la indemnización se conceda a todos los demandantes y que su monto sea más justo y adecuado.
ASÍ SE VA ABRIENDO UN CAMINO QUE MUCHOS CREÍAN ILUSORIO
Nelly Cárcamo Vargas
Presidenta de la UNExPP de Chile
Víctor Rosas Vergara
Abogado y Vicepresidente de la UNExPP