(Enviado por nuestro corresponsal: Mario Gonzalez C.)
FFAA-Concertación
El secreto «germen legal» para cerrar la transición (Año 2 Número 36, Lunes 12 de mayo de 2003
(Por Jacmel Cuevas)
En el afán de encontrar una solución final para cerrar el tema de las violaciones a los DDHH, el sector más duro de la derecha pinochetista encontró una buena moneda de cambio para tranquilizar a los militares en retiro. Ahora, el gobierno debería elegir entre darle una salida política a los casos judiciales que afectan sus funcionarios o posicionar a la administración de Lagos como la que alcanzó la democratización definitiva del país.
A cerca de cuatro meses para conmemorar el trigésimo aniversario del golpe militar, el acercamiento entre sectores del oficialismo y las instituciones castrenses se ha hecho de forma pública. La idea común es encontrar una moneda «transable» para lograr que el período de transición a la democracia -por el que Chile a atravesado 13 años- encuentre un epílogo que, si bien no deje a todos contentos, sea una salida «razonable» ante la ciudadanía para encontrar una solución global a varios problemas que aquejan al país.
Distintas propuestas emanadas desde la cartera de Defensa se han hecho llegar a los integrantes de la derecha más dura del Senado, con el fin de sondear las sensibilidades para lograr un pacto que encuentre el punto final al problema de los derechos humanos a cambio de la meta política que ha sido la frustración de los gobiernos de la Concertación: la democratización de la Constitución Política.
Esa fue la idea que la ministra de la cartera, Michelle Bachelet, hizo llegar a algunos integrantes de la Cámara Alta. Sin embargo, la contingencia nacional despertó los intereses de los senadores institucionales ligados a las Fuerzas Armadas, quienes ya barajan otras alternativas para negociar el tema, sobre todo mirando la necesidad real que tiene el gobierno de buscar una salida política a los casos de corrupción que ya afectan a funcionarios activos de su administración, como los ocho Seremis de OOPP en ejercicio procesados en el caso Ciade.
SECUESTRO: DELITO PERMANENTE
El Periodista tuvo acceso a un documento reservado donde expertos en materia penal analizaron la doctrina criminal chilena bajo la premisa de «corregir» la jurisprudencia que se generalizó en un fallo de la Corte Suprema, magistratura que en julio de 1999 reinterpretó la Ley de Amnistía y sustentó que el secuestro era un delito permanente porque los detenidos desaparecidos no pueden ser declarados muertos mientras no aparezcan sus cuerpos.
De esta forma, la sala penal del máximo tribunal ratificó los procesamientos de cinco ex uniformados, entre ellos el general (r) Sergio Arellano, por parte del ministro en visita para investigar el caso Caravana de La Muerte, Juan Guzmán Tapia.
Esta interpretación jurídica, que resultó clave para desaforar al senador Augusto Pinochet el ocho de agosto de 2000, fue planteada por primera vez por el ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago Carlos Cerda, quien sometió a proceso a 40 ex uniformados por el proceso denominado Comando Conjunto en 1985.
El magistrado estableció que el secuestro era un ilícito permanente, argumento bajo el cual no aplicó la Ley de Amnistía de 1978, como lo establecía en esos años la Corte Suprema. Esa acción le valió una grave amonestación disciplinaria que casi le significó la expulsión del Poder Judicial.
La normativa, redactada por los entonces ministros Sergio Fernández y Mónica Madariaga, ha recibido duras críticas de los sectores castrenses, lo cual se refleja en las palabras del ex auditor del Ejército, Fernando Torres Silva, quien estimó que «pudo haber quedado mejor, en el sentido de precisar si se aplicaba a los hechos cuyo comienzo de ejecución se encontraba dentro del período cubierto por la amnistía. Así, el vacío que originó la interpretación del secuestro permanente hubiera quedado salvaguardado».
LA PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL
El pacto que se ha negociado entre senadores institucionales, encabezados por el ex comandante en jefe de la FACH, Ramón Vega, y algunos de sus homólogos de la Concertación -bajo la figura de Andrés Zaldívar- busca lograr un consenso que conforme a los dos sectores más involucrados en el tema de las violaciones a los derechos humanos.
Fuentes ligadas a ambos actores reconocieron la existencia de un preacuerdo en que se plantea aprobar una «sutil» modificación al artículo 95 del Código Penal, donde se aclare que «la prescripción de la acción penal empieza a correr desde el día en que se hubiere dado principio a la ejecución del delito».
Las ventajas de esta iniciativa, según argumentaron, es distinguir que si bien el delito de secuestro es de carácter permanente, el plazo que la justicia tiene para sancionar a los responsables se extingue en 15 años desde que comenzó a cometerse el delito, es decir, desde el día que fueron aprehendidos aquellos
opositores al régimen de Pinochet y de los que, hasta la fecha, permanecen desaparecidos.
En esos círculos se estima que esta «pequeña» aclaración permitiría terminar con la ambigüedad de la actual norma, la cual establece que la extinción de la acción de castigo criminal comienza a prescribir «desde el día que se hubiere cometido el delito», idea que ha significado en la práctica deducir que el secuestro al no tener un término con el hallazgo del cuerpo del desaparecido, aún se está llevando a cabo, por lo cual no ha prescrito.
De este modo se dejaría abierto el camino para que los juicios para establecer el destino de los más de 540 casos que está investigando la justicia, pero dando la posibilidad de que los que sean declarados responsables tengan una sanción desde el punto de vista moral, no así punitivo. Es decir, se evita que cumplan penas de prisión.
La forma de negociar esta «salida» se prevé más o menos expedita, dado que es una normativa legal que necesita sólo el respaldo del 50 por ciento más uno en ambas Cámaras del parlamento, por lo cual sólo se necesita la aprobación de la idea de legislar en el Senado, la discusión en detalle por parte de los diputados y su ratificación por parte de la primera instancia.
LAS REFORMAS A LA CONSTITUCION
Aunque en un principio, los sectores militares y de la derecha que aún mantienen lealtades con el pinochetismo pensaron en transar esta reforma judicial a cambio de aportar sus votos al consenso necesario para aprobar las reformas constitucionales, la contingencia nacional les ha dado la ocasión para negociar el tema a cambio de una ley de amnistía para todos los casos judiciales en que tanto ex integrantes como actuales funcionarios de confianza del gobierno tienen la calidad de procesados.
La primera idea se sustentó en que dado el difícil escenario que le ha tocado enfrentar al mandato de Lagos, el oficialismo tendría en cuenta que una de las formas de rescatar la alicaída imagen de su administración sería la democratización plena del país. Es decir, salvar los escollos más importantes desde hace varios años: la modificación al sistema electoral, composición del Senado y Estatutos de las Fuerzas Armadas.
Para modificar estos tres puntos no sólo basta la mitad del Senado, compuesto por 48 miembros en igualdad de proporciones si se toma en cuenta a los representantes de la derecha y los institucionales en un mismo bando. Las leyes de carácter constitucional requieren de quórum calificado para su aprobación, lo cual se traduce en tres quintos o dos tercios de la votación total.
LA CORTE PENAL INTERNACIONAL
Pero no sólo eso forma parte de las cartas de los miembros de la bancada militar, sino también la posibilidad de lograr una sentida reinvindicación para los sectores ligados a las víctimas del régimen militar, como lo es la ratificación por parte de Chile de la Corte Penal Internacional (CPI), cuya creación se originó tras la detención de Pinochet en Londres en 1999.
Este Tratado Internacional fue aprobado por el Congreso nacional, pero luego rechazado por el Tribunal Constitucional por considerar que este acuerdo amerita de una reforma a la Carta Fundamental, ya que modifica la esencia de ella en el entendido que otorgaba facultades jurisdiccionales a una magistratura extranjera por hechos ocurridos dentro del territorio del país, prerrogativa que la pueden ejercer sólo tribunales chilenos.
No obstante, la flexibilidad de los institucionales ligados a las FFAA para alcanzar una solución -a la situación de casi una cincuentena de ex militares que se encuentran requeridos por la justicia- se encuentra a la expectativa de encontrar el mejor escenario para poder lograr zanjar con la Concertación un «acuerdo
reservado». En éste parte del oficialismo ha comprometido el piso necesario para la modificación al Código Penal, mientras ellos alinean a los parlamentarios de la derecha que ya no le temen al fantasma de un sistema proporcional para ganar escaños en el Congreso.
Mientras los sectores castrenses ya están acordando la posibilidad que los comandantes en jefe puedan ser removidos de sus cargos con respaldo de un quórum calificado del Senado, miembros de la oposición sacan la cuenta que si el escenario adverso en el que se ha desarrollado el gobierno se mantiene, las próximas elecciones Presidenciales y parlamentarias pueden ser ganadas con holgura bajo una buena estrategia política de su parte. Además, esto evitaría que la Concertación incremente su votación debido al sistema binominal de representación en el Congreso, la cual permite resguardar los denominados «equilibrios políticos».
UNA ADAPTABLE «MONEDA DE CAMBIO»
A pesar de estas negociaciones iniciales, la idea de la bancada militar es llegar a un consenso sobre la corrección al Código Penal lo más rápido posible, debido a que muchos de los juicios de derechos humanos entraran en su fase acusatoria a mediados de este año, lo cual los dejaría en situación de pronunciar condenas contra los agentes de organismo represivos que están procesados.
Por esto, la idea planteada el martes de la semana pasada por el senador socialista Carlos Ominami encendió las luces de alerta en el equipo asesor de esta propuesta, lo que incluso los llevó a trasladarse e Valparaíso para ver la eventualidad de negociar el piso de la votación a cambio del respaldo de una normativa tendiente a dar un punto final a los casos que afectan a más de una cuarentena de procesados por los casos MOP – Gate y Ciade.
Pero las ambiciosas expectativas de este sector fueron diluyéndose durante el transcurso de esa mañana en los pasillos del Congreso, dado que la mayoría de los parlamentarios de derecha se opuso a respaldar una salida política a la hecatombe judicial que afecta al gobierno, ya nadie de ellos está dispuesto a pagar los costos políticos de esa solución. Sin embargo, la salida de negociar las reformas constitucionales -en dos de sus cuatro puntos más conflictivos- aún sigue en pie, aseguraron fuentes de ambos sectores.
En esa línea, fuentes de la Alianza por Chile evaluaron que «una conveniente moneda de cambio» es llegar a acuerdo en los temas concernientes a las FFAA y el sistema de elecciones parlamentarias, junto con «incrementar los esfuerzos» para reconocer la existencia de la Corte Penal Internacional, pero que con la nueva acotación del Código Procesal no podría perseguir delitos de secuestro cometidos durante la era Pinochet.
LEYES DE PUNTO FINAL
La primera de las iniciativas impulsadas para «solucionar» el tema de las violaciones a los derechos humanos durante el gobierno de facto fueron las «Leyes Cumplido», enviadas al Congreso en agosto de 1990. En este contexto también llegó a discutirse con la oposición el «Acuerdo Marco», que buscaba recabar información sobre los detenidos desaparecidos bajo el principio de la compensación
En agosto de 1993, vino la «Ley Aylwin», abortada por los sectores más duros del PS. La propuesta buscaba agilizar los procesos tendientes a encontrar a los desaparecidos, pero también a dictar normas para asegurar la aplicación de la Amnistía. Hoy, los nulos avances en el tema son considerados un error en el pinochetismo. «Se dejó un flanco abierto. Los hechos demuestran que este tema no se trató bien, por eso estamos en el mismo lugar», reconocieron fuentes judiciales.
Durante el gobierno de Eduardo Frei y RN -partido en ese entonces liderado por Andrés Allamand- se negoció un acuerdo que pretendía enfrentar dos problemas: buscar un procedimiento que permitiera establecer el paradero de los desaparecidos, e impedir que estos procesos fuesen usados políticamente en perjuicio del personal uniformado. No obstante, éste fracasó porque ni la UDI ni el sector más duro del PS lo apoyaron.
Allamand, uno de los principales impulsores del acuerdo Figueroa-Otero, ha considerado en diversas oportunidades que «no haber aprobado esta suerte de ley de punto final fue un «error descomunal del propio pinochetismo».
Propuestas de reparación en DDHH Año 2 N.37, Domingo 8 de junio de 2003)
Como el oficialismo volvió a perder terreno ante la UDI
(Por Jacmel Cuevas)
Una vez más, el descuido de los partidos gobernantes dejó el camino abierto para que la principal colectividad de la oposición se posicionara por sobre ellos. Esta vez, en uno de los temas más emblemáticos de la Concertación: la violación de los derechos humanos durante el régimen militar. En tanto, el gremialismo estaría disfrazando sus intenciones por lograr una ley punto final bajo una supuesta preocupación por la situación económica de los familiares de las víctimas.
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Esta vez el posicionamiento de la UDI en los temas que fueron emblemas de la Concertación, caló hondo en las filas del oficialismo.
Luego que por largos años el tema de las violaciones a los derechos humanos quedara circunscrito a la esfera de los tribunales, tanto en materia de justicia como reparación económica, el principal partido de la oposición golpeó la agenda informativa al preocuparse -por primera vez- de la precaria condición económica de los familiares de las víctimas del régimen militar.
En los partidos de la Concertación se afirma que la preocupación para encontrar una solución global al tema ha estado presente desde el regreso a la democracia. Pero otra vez el oficialismo llegó tarde al
escenario público, ya que sólo le quedó reaccionar frente a la inesperada iniciativa del timonel gremialista,
Pablo Longueira, que puso esta materia en la agenda informativa y se presentó respaldado por familias de Pisagua, quienes están decepcionados por el eventual abandono de los partidos que tienen la obligación moral de ayudarlos.
Otra vez se repite el escenario que se ha dado desde las pasadas elecciones presidenciales, donde el candidato de la derecha, Joaquín Lavín se posicionó fuertemente con la estrategia de preocuparse por los problemas reales de la gente. Es decir, abogando por temas que también fueron las banderas de lucha de
los partidos gobernantes cuando fueron oposición. Se deja así de manifiesto el desgaste del conglomerado del arcoiris, que se aleja cada vez más de sus principios rectores y sede espacio a sus contendores que han sido capaces de mutar de acuerdo a los tiempos.
LAS VERDADERAS INTENCIONES DE LA UDI
En círculos allegados a los ex militares encausados por violaciones a los DDHH, la propuesta del gremialismo respecto a dar la posibilidad que los familiares de las víctimas puedan pedir el cierre voluntario de los procesos judiciales, declarar la muerte presunta y agilizar la obtención de indemnizaciones, sólo se evaluó como un efecto pirotécnico e inconsulto a nivel legal.
Esto porque aseguran que cualquier penalista sabe el principio de acción pública que tienen delitos tan graves como el secuestro y homicidio, los cuales no podrían «bajo ningún punto de vista pasar a ser ilícitos del ámbito privado».
En ese sentido, descalificaron la intervención de Longueira, la cual paralizó la negociación que se estaba gestionando tendiente a modificar el plazo de prescripción de ese tipo de hechos, consignados en el artículo 95 del Código Penal (más información Nº 36 en www.elperiodista.cl).
Para ellos, la respuesta a esta actuación del dirigente sólo se fundaría en el afán de «figurar» en una de las materias donde la UDI se ha mantenido al margen, sin intervenir ni siquiera en aras de reinvindicar los fundamentos ideológicos por los que sus actuales dirigentes respaldaron y participaron en el gobierno militar.
Francisco Bravo, abogado del Programa de DDHH, opinó -a título personal- que la tienda de oposición está más interesada en lograr una ley de punto final o el cierre de los procesos criminales, atendido que muchos camaradas civiles de ese sector tuvieron participación directa en las violaciones a los derechos humanos, ocurridas en el régimen de Pinochet, y están en riesgo de recibir sanciones penales por parte de la justicia. «Hay un mundo civil, especialmente en el gremialismo, que no solamente tuvo responsabilidad política en el gobierno de Pinochet, sino que también alguno de ellos tienen responsabilidad penal que espero, algún día, sea acreditada en los tribunales y sea enjuiciada», sostuvo al mencionar a ex funcionarios del régimen castrense como Sergio Diez, Sergio Fernández y al sacerdote Raúl Hasbún.
Para Lorena Pizarro, presidente de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, este «juego político grosero» del gremialismo estaría disfrazando sus intenciones por lograr una ley punto final, bajo una supuesta preocupación por la situación económica de los familiares de las víctimas. «La solución que ellos dan es una solución vergonzosa para el país. Aquí ellos sienten que el problema de las violaciones a los DDHH se resuelve con entregarles plata a los familiares y eso no es así. La reparación económica es un derecho, pero la solución a este problema es integral, es verdad y justicia», enfatizó.
EL PS: DE LA IRA A LA DELEGACION DE RESPONSABILIDADES
El otro gran protagonista de este tema, por ser el partido oficialista que ha mantenido el tema dentro de sus principales postulados, ha sido el Partido Socialista el cual ha mostrado un proceder errático, según reconocen en la propia tienda y en las agrupaciones de DDHH.
Más allá de la idea de Longueira a postular la impunidad para los responsables de estos hechos, las acusaciones de los socialistas a las familias que se acercaron a la UDI fueron un consideradas un «error», repercutiendo en que los dirigentes del partido optaran por responsabilizar al Gobierno en cuanto a que les cerró las puertas de La Moneda para recibir sus propuestas de mejorar la situación de las viudas, madres o hijos de detenidos desaparecidos.
«Aquí nunca ha existido voluntad política de encontrar una solución y ahora surge el tema y parece una carrera de quien presenta primero una propuesta», comentó la representante de la AFDD, al cuestionar que la tienda de Camilo Escalona quiera fijar rangos de montos que deberían pagarse, como si el dolor sentido pudiera «medirse».
El otro actor damnificado fue el gobierno encabezado por el Presidente Ricardo Lagos, que debió entrar a la arena a defender lo nulo que ha realizado en este ámbito. Un hecho vergonzoso que grafica esta despreocupación fue el extravío de la propuesta elaborada por el ex Director del Programa de Derechos Humanos del ministerio del Interior, Luciano Fouillioux.
En ella el abogado explicó la delicada situación económica que viven algunas familias de detenidos desaparecidos y propuso mecanismos para incrementar las compensaciones económicas, con el fin de equiparar las falencias de la ley 19.123 que estableció modestas pensiones asistenciales para madres y viudas, el acceso a un programa de salud y becas de estudio para sus hijos.
Lanacion. Martes 24 de junio de 2003
Propuesta de la Democracia Cristiana
LA DEMOCRACIA CRISTIANA Y LOS TEMAS PENDIENTES EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS
La reparación ética que Chile quiere
Uno de los temas pendientes de resolver derivados de la dictadura militar en Chile, es aquel producido como consecuencia de las violaciones masivas a los derechos humanos.
I. Reconocimiento de la verdad y los avances en materia de reparación en la década de los noventa
Los Gobiernos de la Concertación han logrado, tras arduos debates, leyes que han pretendido materializar acciones de verdad y reparación, pero que sin embargo –se debe reconocer- no han conseguido satisfacer las legítimas demandas de los familiares de las victimas de la represión.
Entre las políticas que se han implementado -más allá del histórico informe Rettig- está la ley que creó la Oficina Nacional del Retorno; la que modificó diversos cuerpos legales a fin de garantizar en mejor forma los derechos de las personas; la que autorizó el ejercicio profesional a personas que salieron del país por razones de fuerza y que obtuvieron títulos o grados en el extranjero; la que otorgó franquicias aduaneras a los refugiados políticos, o aquella que estableció la obligación del secreto para quienes remitan información conducente a la ubicación de detenidos desaparecidos.
Pero quizás la más importante medida legislativa que procuraba satisfacer permanentemente los requerimientos de las víctimas o sus familiares, fue la ley que creó la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, y que estableció pensiones y otorgó beneficios diversos.
Sin embargo, esta Corporación que tenía vigencia de dos años, sólo pudo ser prorrogada una vez, ya que posteriormente la oposición negó en el Congreso sus votos para conservarla y debió ser trasladada como un programa del Ministerio del Interior.
Este es un claro ejemplo –de los tantos- de que quienes han impedido mayores acciones de compensación a las víctimas o a sus familiares son aquellos partidos de derecha que obstruyeron la continuidad del trabajo de estos profesionales bajo la Corporación de Reparación.
II. Temas pendientes e impostergables
Así, aún hoy, después de casi treinta años del comienzo del régimen militar, y de los esfuerzos que se han hecho para avanzar en este sentido, un conjunto importante de chilenos reclama de la sociedad y de sus instituciones, reparaciones justas que compensen –en parte- el dolor o pérdida sufrida por un acto violatorio de sus derechos como consecuencia de la acción de agentes del estado.
Los exonerados políticos son un claro ejemplo de ello; también los exiliados, que fueron obligados a salir del país por el peligro que para su seguridad representaba su permanencia en él; los ex presos políticos y los torturados, que se cuentan por miles, son otros actores de este proceso que también tienen sus demandas.
Y junto a los anteriores, esperan verdad, justicia y dignas reparaciones, los familiares de los detenidos desaparecidos y ejecutados por razones políticas. Y nuestro convencimiento es que Chile tiene una deuda con todos ellos.
Entonces, el desafío de la sociedad chilena es alentar la verdad y la justicia; proveer de reparaciones económicas, y promover políticas públicas destinadas a que desde la institucionalidad del Estado chileno se vele por el respeto al legado de las víctimas, la promoción y protección de los derechos humanos en el país.
III. Propuesta de la Democracia Cristiana
La Democracia Cristiana en el plano de la defensa de los derechos humanos se siente orgullosa de su historia. Muchos de sus hombres fueron los que encabezaron desde un primer momento la defensa de la dignidad humana cuando esta era cuestionaba desde las más altas esferas gubernamentales. Por respeto al dolor de las victimas, había postergado realizar un pronunciamiento sobre las propuestas que los partidos políticos han realizado durante estas últimas semanas.
De cara al país, la Democracia Cristiana formula lo siguiente:
1.- Alentar la verdad y la Justicia.- Este tema es extraordinariamente relevante. La Democracia Cristiana no hará nada que signifique alguna forma de punto final, o términos anticipados de los diversos procesos judiciales actualmente en trámite.
Al contrario, creemos que al país le ha hecho muy bien el tremendo esfuerzo que los jueces realizan en este aspecto, y el avance impensado de tantos juicios criminales que poco a poco van develando la verdad de lo ocurrido, detallando los hechos y responsabilizando a los culpables.
Ello es también doloroso para todos los involucrados; para las familias de las víctimas que reviven tan tristes recuerdos, y para los victimarios y sus familiares que no logran huir de la mirada cuestionadora de su país y de sus tribunales.
a).Una primera declaración a este respecto es que la sociedad chilena y sus instituciones, civiles, morales y militares, no deben olvidar el gran objetivo planteado de ubicar los restos o saber el paradero o destino de aquellos desaparecidos políticos, cuyos familiares esperan respuestas. Si no hay fórmulas de diálogo o encuentro que permitan recibir más información, nuestra obligación es dejar tranquilos a los Tribunales de Justicia que avanzan en estos asuntos.
b).También, en este aspecto, tal como lo solicita la agrupación de familiares de detenidos desaparecidos, es necesario un pronto examen del número de víctimas cuyos procesos aún no tienen jueces exclusivos, a fin de instar a su designación o bien que los que ya están designados asuman dichas causas.
c).El Estado debe mejorar los instrumentos legales que tiene para la protección de los derechos humanos. Así por ejemplo, debe ratificar la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas al igual que debe ratificar el tratado que crea la Corte Penal Internacional, y ratificar la convención Sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de Lesa Humanidad.
d).En materias judiciales, y para efectos civiles necesarios para familiares de las víctimas, nos manifestamos de acuerdo con la creación de una figura como la “declaración de ausencia por desaparición forzada“ planteada por las agrupaciones de detenidos desaparecidos.
2.- Proveer de reparaciones económicas compensatorias.- Por cierto un debate que pretenda una reparación ética de la sociedad chilena no puede ser reducida sólo a los aspectos relativos a las compensaciones económicas, y más aún, por ningún motivo éstas a cambio de impunidad. El desafío es sin embargo, responder en algún momento a todas las demandas sociales de quienes se sienten postergados o discriminados, especialmente en temas de empleo, seguridad social, salud y educación.
Sabemos que las graves violaciones a los derechos humanos, sumados a los efectos de un proceso penal inquisitivo ha generado en las victimas la percepción de no ser escuchadas, les embargan sentimientos de haber sido vejadas e ignoradas, y por sobre todo acusan la convicción de no haber recibido justicia, lo que significa que sus problemas no han sido resueltos.
La Democracia Cristiana ha propiciado y contribuido en la concreción de acciones dirigidas a reparar los efectos ocasionados a las victimas y familiares por la grave y masiva violación de los derechos humanos. Continuará favoreciendo con mayor fuerza otras medidas dirigidas a mejorar el acceso a la justicia, a obtener un trato justo, al resarcimiento a las victimas, y a su atención social y sicológica.
Hemos tenido una contribución constante en la defensa y promoción de los derechos humanos y quiere ser parte de un proceso de reflexión permanente sobre este tema, que vaya acompañado de mayores contenidos y que permita percibir que lo que se busca es, además de la reparación puntual a los directamente afectados, una reparación al espíritu de la Nación, destinada a la reconciliación que nos permita crecer como País, en valores y principios.
Pero aún así, la reparación económica debe ser parte importante de nuestra preocupación, porque responde a la satisfacción de necesidades reales de los ofendidos, consideradas como aquellas que pretenden la dignificación de la víctima o de su familiar. El desafío es, sin embargo, responder en algún momento a todas las demandas sociales de quienes se sienten postergados o discriminados, especialmente en temas de empleo, seguridad social, salud o educación.
a) Mientras tanto, respaldaremos al Gobierno en aquellas materias que tiendan al mejoramiento sustantivo de la ley de reparaciones, no solo en materia de pensiones, sino también en aquellos que se refieren a beneficios médicos o educacionales, u otros de tipo social que se consideren adecuados.
b).Claro está que debemos enfrentar uno de los más graves problemas que se han presentado este último tiempo en estos asuntos y que ha significado la inquietud de los familiares de las víctimas. Se trata del rechazo de las demandas civiles de indemnización a raíz de la prescripción de la acción civil que ha sostenido el Consejo de Defensa del Estado, tesis acogida por nuestros Tribunales.
El CDE, sostiene que ellos tienen como obligación resguardar los intereses del Estado, y por tanto solicitar la estricta aplicación de la ley. En caso contrario, ellos estarían en infracción legal.
Creemos que existen por lo menos dos fórmulas que el Gobierno debiera explorar sobre la materia:
a)Modificar la ley, para declarar que las acciones civiles de indemnización por graves violaciones a los derechos humanos son imprescriptibles, permitiendo que la cuantía de estas indemnizaciones las regulen los Tribunales de Justicia.
b)Otorgar facultades a alguna institución que represente al Estado a fin de acordar extrajudicialmente con los representantes de las víctimas, indemnizaciones cuyos montos pudieran ser establecidos mediante una tabla indemnizatoria proporcional al grado de parentesco y otras variables determinadas en la misma ley, considerando experiencias comparadas con el derecho internacional.
Para la Democracia Cristiana es muy importante que a este respecto nos pudiéramos ajustar a los principios y lineamientos básicos sobre el derecho a reparación por violaciones graves a los derechos humanos y el derecho humanitario, elaboradas a nivel de la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas.
3.-Promover políticas públicas destinadas a proteger y promover los derechos humanos.- Junto con creer que se justifican plenamente acciones que generen un real testimonio a la memoria colectiva, como memoriales o monumentos que nos comprometan con la paz y la justicia, y con políticas educacionales que incorporen la enseñanza y el respeto por los derechos humanos, recogemos la proposición del abogado Luciano Fouillioux, en el sentido de instalar al interior de la institucionalidad del Estado, un referente que vele por el fomento, protección y fiscalización de los derechos humanos.
El Defensor del Ciudadano, o una Subsecretaría de Derechos Humanos que dependa del Ministerio de Justicia, pueden ser las figuras a crear, que mejor velen por el sentimiento y deseo de todos de que nunca más en Chile, se violen estos derechos.
LÍNEA CRONOLÓGICA DEL PROGRAMA:
De la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación al Programa de Derechos Humanos.
• 1990 El 11 de marzo, al asumir la Primera Magistratura del país el Presidente constitucional de Chile, Patricio Aylwin Azócar, anuncia la aspiración de su Gobierno de buscar la verdad y la justicia en torno a las violaciones a los Derechos Humanos cometidos entre 1973 y 1990.
El 25 de abril se aprueba el Decreto Supremo 355 que crea la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación (CNVR), con un plazo de nueve meses para documentar lo que el Ministro de Justicia, Francisco Cumplido, llamó «las más graves violaciones a los Derechos Humanos» cometidas por agentes del Estado de Chile durante el régimen militar.
Conocida también como la Comisión Rettig, la CNVR estuvo integrada por el abogado Raúl Rettig Guissen, como presidente de la misma; Jorge Correa Sutil, como Secretario Ejecutivo; Jaime Castillo Velasco; José Luis Cea Egaña; Mónica Jiménez de la Jara; Ricardo Martín Díaz; Laura Novoa Vásquez; Gonzalo Vial Correa y José Zalaquett Daher. Este grupo de personas, de reconocido prestigio y autoridad moral en el país, se dedicó a investigar las denuncias existentes y a recibir otras nuevas, respecto a las ejecuciones arbitrarias, desapariciones y muertes por torturas u otros actos de violencia política.
La CNVR recurrió a diversos organismos vinculados al tema de los Derechos Humanos desde el punto de vista jurídico y social. Entre ellos cabe destacar a la Vicaría de la Solidaridad, dependiente de la Iglesia Católica, que protegió y defendió a los perseguidos políticos durante el régimen militar y que en 1992 dio paso a la Fundación de Documentación y Archivo de la Vicaría de la Solidaridad.
• 1991 El 9 de febrero la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación presenta los resultados de su investigación al Presidente de la República. El Informe – de tres volúmenes y 2.000 páginas- concluye que los Derechos Humanos de 2.279 personas fueron gravemente violados durante el período 1973-1990, de las cuales 2.115 son calificadas como “víctimas de violación a los Derechos Humanos” y 164 como “víctimas de la violencia política”.
El 4 de marzo, el Presidente Patricio Aylwin Azócar, al dar a conocer ante todo el país el Informe de la CNVR, destaca que “como Presidente de República, me atrevo a asumir la representación de la nación entera para, en su nombre, pedir perdón a los familiares de las víctimas” (…) y reivindica “pública y solemnemente la dignidad personal de las víctimas, en cuanto hayan sido denigradas por acusaciones de delitos que nunca les fueron probados y de los cuales nunca tuvieron oportunidad ni medios adecuados para defenderse”. Al mismo tiempo, el Primer Mandatario pide a las Fuerzas Armadas y de Orden y a todos los que hayan tenido participación en los excesos cometidos, realizar gestos de reconocimiento del dolor causado.
• 1992 El 8 de febrero se publica en el Diario Oficial la Ley 19.123 que crea la Corporación
Nacional de Reparación y Reconciliación,(CNRR), para determinar acerca de los casos que la CNVR no alcanzó a conocer en profundidad, así como de nuevos casos que se presentaren y dar asistencia social y legal a los familiares de las víctimas.
Presidente de la CNRR fue el jurista Alejandro González Poblete. Los consejeros: José Luis Cea Egaña, Jorge Correa Sutil, Carlos Andrade Geywitz, Carlos Reymond Aldunate, Rodolfo Armas Merino y Jorge Molina Valdivieso. El Secretario Ejecutivo: Andrés Domínguez Vial.
• 1994 El 28 de febrero, la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación termina la calificación de casos e intensifica su trabajo en los demás temas que le corresponden. Al momento de cerrarse el período de calificación, las víctimas reconocidas, tanto por la CNVR, como por la CNRR ascienden a 3.195 personas.
• 1992-1996 Siguiendo las disposiciones de la Ley, la CNRR diseñó seis líneas de acción, cada una de las cuales fue organizada en un programa particular. Estos fueron: Programa de Calificación de Víctimas; Programa de Investigación del Destino Final de las Víctimas; Programa de Atención Social y Legal a los Familiares de las Víctimas y apoyo a las Acciones de Reparación de ellos; Programa de Educación y Promoción Cultural; Programa de Estudios e Investigaciones Jurídicas y Programa del Centro de Documentación y Archivos de la Corporación.
El Programa de Educación y Promoción Cultural se concentró en la construcción de instrumentos para la consolidación de una cultura de los Derechos Humanos y en la promoción de un clima nacional favorable para el respeto de los mismos.
Con este fin, se desarrollaron las siguientes líneas de trabajo:
– Promoción de la elaboración de pensamiento en la temática de los DDHH.
– Capacitación y formación de actores del sistema educativo.
– Producción de materiales de apoyo para la enseñanza y el aprendizaje en DDHH.
– Estímulo a proyectos de investigación y sistematización de experiencias sobre Educación y DDHH.
– Apoyo a espacios de reflexión y debate.
– Apoyo a actividades de promoción de los DDHH.
Las publicaciones realizadas por el Programa de Educación y Promoción Cultural, desde la creación de la CNRR hasta diciembre de 1996, cuando expira su existencia, testimonian el valioso trabajo realizado en forma conjunta por el Programa y diversas entidades públicas y privadas, así como con el aporte de numerosos profesionales de distintas áreas. Constituyen, además, el primer esfuerzo sistemático realizado en nuestro país por incorporar el tema de los Derechos Humanos a la enseñanza cotidiana, tanto en los colegios y escuelas, como en Universidades y en el seno de cada familia en particular.
• 1996 En diciembre de 1996, al expirar el plazo de su existencia legal, la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación entrega un Informe sobre “Calificación de Víctimas de Violaciones de Derechos Humanos y de la Violencia Política” al Presidente de la República, Eduardo Frei Ruiz-Tagle.
“El Informe que a continuación se expone -dice en su prólogo- da cuenta de uno de los esfuerzos realizados por el país en el proceso de Verdad, Reparación y Reconciliación generado en la voluntad nacional. Su contenido, junto con ser parte de la memoria de un tiempo difícil, penoso y duro, quiere alentar a los chilenos en la creación de una cultura respetuosa de la dignidad original de cada uno de los habitantes de este suelo, de modo que las generaciones venideras hereden, más allá del dolor, las lecciones necesarias para alcanzar más justicia, amor y paz.”
• 1997 El 25 de abril, reconociendo que aún hay situaciones pendientes en cuanto a la ubicación de personas detenidas y desaparecidas y ejecutados políticos, así como en cuanto a la determinación de las circunstancias de su desaparición o muerte, el Gobierno dicta el Decreto Supremo N° 1005, que establece el Programa Continuación Ley 19.123 dependiente del Ministerio del Interior. El abogado Alejandro González Poblete es designado Secretario Ejecutivo del mismo.
• 1998 El Programa Continuación Ley 19.123 se aboca a la tarea de atender centenares de procesos judiciales en tramitación iniciados en tribunales de todo el país, ya sea en forma directa, como denunciante y/o parte coadyuvante, o bien indirectamente, a través de la entrega de información solicitada por los jueces [Investigaciones Judiciales].
• 1999 El 21 de agosto el Ministro de Defensa, Edmundo Pérez Yoma, inaugura la Mesa de Diálogo, destinada a encontrar a las víctimas del régimen militar con el concurso de las Fuerzas Armadas y de Carabineros. En ella participan 24 personas: representantes de las Fuerzas Armadas y de Orden, integrantes de la diversidad religiosa, cultural y política del país, intelectuales y científicos, así como abogados defensores de los Derechos Humanos. La Mesa acuerda otorgar seis meses de plazo para la entrega de información, garantizando reserva a quienes así lo hagan. Las organizaciones religiosas y éticas presentes acuerdan colaborar para que este proceso se lleve a cabo. [Integrantes Mesa de Diálogo].
• 2000 En agosto de este año, el Gobierno reestructura el Área Social del Programa Continuación Ley 19.123, con el objeto de mejorar las condiciones de atención a los familiares de las víctimas y establecer, para estos efectos, convenios con organismos de la red social pública y privada. Se reinicia la atención social directa en la sede del Programa. Asimismo, se comienza un trabajo con las Agrupaciones de Familiares a lo largo de todo el país.
Como otro esfuerzo en apoyo al proceso de identificación de las víctimas, el Gobierno inaugura, el 3 de noviembre, el nuevo laboratorio para la toma de muestras de ADN en el Servicio Médico Legal, dependiente del Ministerio de Justicia.
• 2001 El 8 de enero, el Presidente Lagos entrega a la Corte Suprema la información proporcionada por las FF.AA. acerca del destino de alrededor de 200 detenidos desaparecidos. Se dan los nombres de 180 de ellos, mientras que otros 20 son catalogados como N.N. Según se consigna, estas víctimas habrían sido arrojadas al mar, o bien a ríos y lagos, mientras que otras yacerían en fosas comunes a lo largo del país. El Gobierno entrega los antecedentes a la Corte Suprema para las investigaciones pertinentes y a través del Programa Continuación Ley 19.123 comunica a los familiares respectivos tan dramática noticia.
En vista del fuerte impacto que la información tiene en toda la sociedad, el Presidente dispone reforzar las instancias sociales e institucionales para conocer la verdad de los hechos y avanzar en la búsqueda de los chilenos cuyos restos aún no han sido encontrados [Discurso del Presidente Ricardo Lagos].
El 1 de junio asume como Secretario Ejecutivo del Programa Continuación Ley 19.123 el abogado Luciano Fouillioux Fernández.
El 20 de junio la Corte Suprema designa a nueve jueces con dedicación exclusiva y 51 jueces preferentes para investigar 114 casos de detenidos desaparecidos, sobre la base de la información entregada por los militares.
En noviembre del mismo año se crea el Área de Estudios y Proyectos del Programa, con el fin de impulsar y difundir acciones de orden cultural y simbólico tendientes a dignificar la memoria de las víctimas de la violencia política por agentes del Estado y promover el respeto de los Derechos Humanos en la sociedad.
• 2002 El 17 de julio el Ministro del Interior, a través del Secretario Ejecutivo del Programa de Derechos Humanos, Luciano Fouillioux, solicita al Pleno de la Corte de Apelaciones de Santiago un Ministro en Visita, además de cinco nuevos jueces con dedicación exclusiva, para que investiguen 647 casos de víctimas de violación a los Derechos Humanos en la Región Metropolitana, entre 1973 y 1990.
En el transcurso de este mismo año, el Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior solicita la designación de más jueces con dedicación exclusiva para investigar los otros 533 casos de detenidos desaparecidos en regiones. Las peticiones se formulan ante las Cortes de Apelaciones de Arica, Iquique, Antofagasta, Copiapó, Valparaíso, Talca, Chillán, Concepción, Temuco, Valdivia y Coyhaique.
• 2003 El 1 de marzo asume como Secretaria Ejecutiva del Programa Continuación Ley 19.123, o Programa de Derechos Humanos la abogada María Raquel Mejías Silva .
El 3 de marzo, al conmemorarse los 12 años del Informe de la CNVR, se firma en la Moneda un Acta de Acuerdo entre el Gobierno y Agrupaciones de Familiares de las víctimas, para construir obras de reparación simbólica en diversos lugares del país: Tocopilla, La Serena, Villa Grimaldi y Paine, en la Región Metropolitana, Talca, Coronel, Valdivia y Osorno. Culmina así un proceso de casi un año de gestiones para promover la reparación simbólica, siguiendo las indicaciones emanadas del Informe de la CNVR, mediante el cual se pretende dignificar el buen nombre de las víctimas, incentivar el respeto por los Derechos Humanos y contribuir a la elaboración social de la memoria de nuestro pasado reciente.
El 12 de agosto el Presidente Ricardo Lagos Escobar da a conocer al país la Propuesta de Derechos Humanos del Gobierno, bajo el título de “ No hay mañana sin ayer ”. En el texto trabajó una comisión
de expertos en la materia, especialmente convocada por el Primer Mandatario, buscando recoger el espíritu y los consensos de las propuestas de Derechos Humanos presentadas, a partir de abril, por la gran mayoría de los partidos políticos del país, agrupaciones de familiares de las víctimas, organizaciones no gubernamentales y otras instituciones, tanto públicas como privadas, representativas de la sociedad chilena. [Propuesta de DDHH]
El 13 de noviembre la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura – conocida también como Comisión Valech – inicia la recopilación de antecedentes sobre las personas que sufrieron este tipo de vejámenes entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990. Creada por el Presidente de la República por Decreto Supremo N° 1.040, la Comisión elaborará durante seis meses un catastro en todo el país, que será entregado luego al Primer Mandatario para que formule políticas de reparación. La instancia la preside Monseñor Sergio Valech y la integran la vicepresidenta María Luisa Sepúlveda, Elizabeth Lira, Lucas Sierra, Álvaro Varela, Miguel Luis Amunátegui, Luciano Fouillioux y José Antonio Gómez.
• 2004 Durante este año hubo una amplia discusión sobre los tres proyectos de ley referidos a derechos humanos presentados por el Presidente de la República el 2003: Proyecto de Ley que establece incentivos para la entrega de información en los delitos vinculados a los detenidos desaparecidos y ejecutados políticos; Proyecto de ley que modifica la Ley Nº 19.123, Ley de reparación y establece otros beneficios en favor de las personas que indica y Proyecto de Ley que dispone la eliminación de ciertas anotaciones prontuariales.
El 9 de noviembre fue publicada en el diario oficial la ley 19.980 que modificó la ley 19.123 ampliando o estableciendo beneficios a favor de familiares de víctimas ejecutadas y detenidas desaparecidas. Entre los beneficios más valorados se destaca el bono único de reparación a los hijos que no percibieron pensión de reparación y el otorgamiento de 200 pensiones de gracia a familiares en situaciones especiales establecidas en la ley. Además, se otorgan recursos especiales para la atención en salud entregada por el Programa de Reparación y Atención Integral de Salud, PRAIS, y se aumentan los recursos destinados por el Ministerio del Interior para la construcción y mejoramiento de memoriales y sitios históricos recordatorios de las víctimas. De esta manera, se implementa una de las recomendaciones de la ex Comisión Rettig, en cuanto a la necesidad de desarrollar una política de recuperación de la memoria histórica y acciones que promuevan una cultura de respeto a los derechos humanos.
El 28 de noviembre el Presidente de la República, Ricardo Lagos, dio a conocer al país el informe elaborado por la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura a partir de los testimonios de más de 35 mil chilenos que fueron detenidos y sometidos a apremios ilegítimos luego del 11 de septiembre de 1973. Veintiocho mil de estas personas fueron calificadas como víctimas por esta Comisión. En tanto, poco más de 7 mil no cumplieron los estrictos requisitos para ser aceptados, no obstante, se determinó que sus situaciones serían revisadas en un nuevo período en que se prorrogó su trabajo para estos efectos. También se da cuenta de los recintos utilizados, públicos y secretos para la práctica de estos apremios, los agentes del Estado que los practicaron, civiles y uniformados, los medios empleados, las leyes que ampararon las prácticas represivas, las actuaciones de los tribunales y otros.
El 24 de diciembre se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 19.992 que establece pensión de reparación y otorga otros beneficios en materia de educación, salud y vivienda en favor de aquellas personas que fueron calificadas como víctimas de la prisión y de la tortura por motivos políticos, en el período comprendido entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990, cometidas por agentes del estado.
• 2005 Durante este año continuó el trabajo de la Comisión Valech respecto de las víctimas sobre las cuales no se habían alcanzado a reunir antecedentes suficientes para tomar convicción de su situación y se implementaron los beneficios de reparación establecidos en la ley 19.980, para familiares de víctimas ejecutadas y detenidas desaparecidas, y en la ley 19.992, para víctimas de la prisión política y tortura calificadas por la Comisión Valech.
El 25 de enero se publicó en el diario oficial el Reglamento para acreditar el cumplimiento de los requisitos y procedimientos para la concesión y pago del bono de reparación para los hijos de víctimas, contemplado en el artículo quinto de la ley 19.980.
En febrero se dio a conocer el procedimiento para postular a una de las 200 pensiones de gracia establecidas en la ley 19.980 para algunos familiares que indica la ley y que se encuentran en situación especial.
El 1 de junio se dio a conocer el Informe Complementario de la Comisión Nacional de Prisión Política y Tortura, con la nómina de personas reconocidas como víctimas en la etapa de reconsideración. Se calificaron 1.118 nuevas víctimas. Entre éstas, 108 corresponden a menores de 18 años, 86 de ellas menores de 12 años detenidas junto a sus padres, secuestradas, que nacieron en prisión o se encontraban
en gestación al momento de la privación de libertad o torturas de las madres.
El 24 de agosto terminó de tramitarse totalmente el Decreto Ley N° 32, del Ministerio de Educación, que reglamenta el otorgamiento de beneficios educacionales para las víctimas de la prisión política y tortura calificados por la Comisión Valech, contemplados en la ley 19.992.
Propuesta del Gobierno Ir a los puntos clave
Poco antes de las 21 horas del martes 12 de agosto, el Presidente Ricardo Lagos se dirigió al país para dar a conocer los detalles más importantes de la propuesta del Gobierno en torno a una solución al tema de los derechos humanos, la cual calificó como «un paso más» y no como una solución definitiva.
«Un paso más en este difícil camino con cuyo tránsito la sociedad chilena intenta mirar de frente ese momento de nuestra historia, y vivir cada día con mayor madurez el dolor que Chile lleva en su alma».
«En verdad, nunca podrá haber solución definitiva para una situación como la que vivimos. Lo que podemos hacer, lo que tenemos que hacer, es continuar avanzando, por cierto que con mayor decisión y participación de todos, pero no para dar propiamente con una solución, con un cierre definitivo del problema, sino para llegar a un punto de máximo acuerdo, de máxima verdad, de máxima justicia, de máxima reparación».
«Después de escuchar a tantas personas y grupos, me asiste la convicción más profunda de que los objetivos de verdad y de justicia son moralmente irrenunciables. Además, reitero la convicción que sólo los Tribunales de Justicia constituyen la instancia para avanzar en la verdad y en la aplicación de la justicia de acuerdo a la ley vigente».
«En consecuencia, -señala el documento- mi gobierno no se hace cargo de ninguna propuesta que signifique establecer punto final a los procesos, ya sea porque son propuestas moralmente inaceptables, o bien, jurídicamente ineficaces. Asimismo, deja en los tribunales la interpretación respecto de la Ley de Amnistía».
El texto, que se mantuvo en estricta reserva por varias semanas, venía delineándose desde hace ya casi dos meses y fue dado a conocer en vísperas del paro que convocó la Central Unitaria de Trabajadores.
El 27 de mayo pasado el Presidente Ricardo Lagos decidió iniciar una ronda de audiencias con diversos actores de la sociedad para abordar el complejo tema de los derechos humanos, que se reabrió, tras una demanda planteada a la UDI por 8 familias de ejecutados de Pisagua.
Las diversas fórmulas que se propusieron fueron examinadas por el grupo de trabajo del programa de derechos humanos que funciona al alero del Ministerio del Interior.
Los integrantes de este equipo de trabajo fueron: el subsecretario del Interior Jorge Correa Sutil -quien tiene a su cargo la coordinación de la redacción de la propuesta; Elizabeth Lira, sicóloga que integró la mesa de diálogo; la abogada y secretaria ejecutiva del programa de DD.HH. de la cartera de Interior, Raquel Mejías; los abogados José Zalaquett, Álvaro Varela y la asistente social y asesora presidencial, María Luisa Sepúlveda.
Este proceso de recopilación de antecedentes y revisión de las distintas propuestas concluyó el 1 de julio y ya el fin de semana del 19 y 20 de julio el Presidente Lagos tenía en sus manos el borrador de la propuesta que que el ministro Insulza le había entregado.
1. Cooperar a la acción rápida de la justicia.
· Insistir en la solicitud de designación de ministros en visita, o de jueces de dedicación exclusiva o preferente, para conocer de los casos de derechos humanos.
· Acumulación de procesos.
2. Legislar para agilizar las investigaciones judiciales y acelerar la entrega de la información: Orientadas a distinguir las responsabilidades de quienes organizaron y planificaron la represión, dieron las órdenes, dirigieron la ejecución de los crímenes o los ejecutaron directamente con consentimiento, de aquellos que participaron en ellos porque no tenían alternativa de negarse, el gobierno enviará al Congreso Nacional tres iniciativas legales fundadas en ese concepto que precisará en los mensajes que precederán tales proyectos.
a) Introduce modificaciones en los códigos respectivos, aplicables a los procesos en que se investigan violaciones a los derechos humanos, que dispongan lo siguiente:
· Otorgar inmunidad penal a quienes, sin estar imputados ni procesados, se presenten voluntariamente a los Tribunales de Justicia y proporcionen antecedentes acerca del paradero de la víctima o de las circunstancias de su desaparición o muerte.
· Rebajar o conmutar penas que resulten aplicables a los cómplices y encubridores que, después de habérseles imputado responsabilidad y antes de la dictación de la sentencia de término, entreguen al tribunal respectivo antecedentes o pruebas que sirvan eficazmente para determinar los hechos o individualizar a quienes participaron en ellos.
· Conmutar penas por más de un delito para quien, hallándose ya procesado o condenado, entregue antecedentes de los señalados sobre otros delitos que lo incriminen.
b) Facilita la obtención de la información:
· Facultando a los Tribunales de Justicia para requerir documentos referidos a la época en que ocurrieron los hechos y que son calificados de secretos por el Código de Justicia Militar, sin perjuicio de las especiales medidas de reserva que deban adoptarse respecto de los mismos.
· Otorgando al organismo de derechos humanos que se creará, la facultad de hacerse parte en los procesos relacionados con la muerte o desaparición forzada de personas y que por este solo hecho tendrá conocimiento del respectivo sumario.
c) Establece normas procesales que permitan un conocimiento más rápido de la verdad:
· Preferencia en la vista de las causas de derechos humanos en las cortes, aún cuando no haya personas procesadas en prisión preventiva y por cualquier trámite de que se trate. Mientras esta modificación se apruebe, solicitaremos a los tribunales dar esa preferencia en virtud de lo dispuesto en el artículo 560 del Código Orgánico de Tribunales.
· Otorgamiento de beneficios procesales a todas aquellas personas que, estando imputados y/o procesados, proporcionen antecedentes fidedignos, efectivos y comprobables por la justicia, acerca del paradero de la víctima, de las circunstancias de la desaparición o muerte y de la identidad de los autores, cómplices o encubridores. Los beneficios procesales se referirán a lo siguiente:
– Facultar a los tribunales para disponer la reserva de identidad y otras medidas de protección para quienes realicen los actos de colaboración indicados.
– Establecer el secreto de las medidas judiciales de protección que se otorguen a quienes colaboren.
– Penalizar a los que violen el secreto de las medidas judiciales de protección que se otorguen a quienes colaboren.
3. Cooperación de la administración pública con la acción de la justicia.
· El Gobierno dispondrá que el Servicio Médico Legal contrate una asesoría externa para perfeccionar los métodos y procedimientos de identificación de restos encontrados, muchos de los cuales aún están sin identificar, así como para revisar las identificaciones ya realizadas cuando existan dudas razonables acerca de ellas.
· La Policía de Investigaciones continuará apoyando la labor de los ministros en visita y jueces de dedicación exclusiva y especiales, de modo de estar en condiciones de cumplir con agilidad los mandatos judiciales.
· Analizará con el Poder Judicial los requerimientos de recursos de distinta especie que resulten necesarios para hacer aplicables las medidas tendientes a agilizar las investigaciones judiciales.
4. Mejoraremos las pensiones a los familiares de las víctimas y corregiremos los vacíos que han existido. Dicha iniciativa incluye:
· Incrementar en un 50% el valor del conjunto de las pensiones vigentes.
· Establecer como nuevo beneficiario al padre, en caso de fallecimiento de la madre o en caso de renuncia de la misma.
· Incrementar de un 15% a un 40% el monto del beneficio para la madre o el padre de hijos no matrimoniales.
· Crear, por una vez, un bono ascendente a la cantidad de 10 millones de pesos para hijos matrimoniales o no matrimoniales que nunca recibieron el beneficio, con excepción de los hijos que ya perciben pensión vitalicia por discapacidad.
· Crear un fondo especial para financiar un máximo de 200 pensiones de gracia a familiares que no tengan la calidad de beneficiarios por ley, destinado a situaciones particulares de familiares de causantes de pensión que no han tenido beneficiarios, convivientes que no tuvieron hijos pero sí una larga convivencia y dependencia económica de la víctima, y hermanos de la víctima que dependían de ella.
5. Perfeccionaremos los beneficios educacionales.
· Se extenderá el beneficio al período de titulación, manteniendo por un plazo máximo de un año el subsidio mensual y el pago de los aranceles correspondientes en las instituciones de educación durante ese período.
· Se dictará un reglamento que permita un uso más eficaz de este beneficio, que establezca como condición para financiar la continuidad de estudios que el alumno apruebe el año con el número de créditos o con las exigencias de aprobación de la institución educacional a la que se encuentre inscrito; que haya un límite de una carrera por alumno que postula al beneficio y que se establezca sólo para casos excepcionales, con la correspondiente certificación, la continuidad de estudios después de haberlos congelado.
6. Implementaremos iniciativas legales para solucionar problemas patrimoniales de familiares de detenidos desaparecidos.
· Enviaremos al Congreso Nacional un proyecto de ley destinado a resolver el estado de indefinición jurídica en que se encuentran las personas detenidas desaparecidas, al no existir constancia de su suerte o destino, lo que acarrea problemas relativos al estado civil, a la herencia y posesión efectiva de sus bienes, a la tuición de los hijos, a la capacidad legal de los cónyuges casados en régimen de sociedad conyugal, y que provoca, además, otros daños al patrimonio familiar.
7. Perfeccionaremos la normativa que permite la atención y asistencia médica de las víctimas y familiares de víctimas de la represión y de la violencia política.
· Modificar la Ley N° 19.123 en lo relativo a los beneficios médicos, disponiendo otorgar el derecho a recibir gratuitamente las prestaciones médicas a que se refiere la Ley N° 18.469 que, en la modalidad de atención institucional, se otorguen en los establecimientos que constituyen el Sistema Nacional de Servicios de Salud, o están adscritos al mismo, incluyendo los establecimientos de atención primaria municipal, así como los establecimientos experimentales de salud, y en la modalidad o forma que establezca el Ministerio de Salud para una atención especializada, a las siguientes personas:
a. A quienes fueron víctimas directas de una acción o evento represivo traumático entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990, inclusive.
b. A los padres e hijos de las víctimas señaladas y sus cónyuges y/o convivientes durante el período indicado.
· Se entenderá por acción o evento represivo-traumático el secuestro con desaparecimiento, la ejecución y el homicidio político, la tortura física o psíquica, la detención por razones políticas en campos de concentración, cárceles o recintos de detención, el exilio y la relegación.
8. Se creará una comisión que establezca de manera rigurosa una lista de personas que hayan sufrido privación de libertad y tortura por razones políticas. Quienes tengan dicho certificado les permitirá si es que o han recibido otra forma de reparación, una indemnización austera y simbólica que determinará el ejecutivo. La secretaría de la comisión creada para estos efectos estará radicada en el nuevo Instituto Nacional de Derechos Humanos y Libertades Públicas y, en el intertanto, lo hará en los organismos de los cuales éste sea continuador legal.
9. Implementaremos medidas para reparar jurídica y moralmente el nombre y el honor de quienes fueron arbitrariamente encarcelados y procesados por motivos políticos.
· Rehabilitación jurídica:
– Enviaremos un proyecto de ley destinado a eliminar los antecedentes penales de las personas que fueron condenadas por Tribunales Militares en tiempo de Guerra, por aplicación de la Ley de Seguridad Interior del Estado o de la Ley Antiterrorista, por delitos cometidos entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990. Quedarán excluidos de este beneficio los condenados por delitos contra la vida o integridad física de terceros.
– Propondremos eliminar de la Constitución la pérdida de la ciudadanía por delitos que merezcan pena aflictiva, cuando los condenados hayan recuperado su libertad.
· Reparaciones simbólicas:
– El gobierno creará una comisión integrada por personalidades del mundo del arte y de los derechos humanos, cuyo cometido será velar por el mejoramiento, mantención y preservación digna de estas obras.
10. Las medidas para fortalecer la sociedad y sus instituciones
a) Legislativas.
· Aprobar la reforma constitucional que autoriza al Estado de Chile a ratificar el Estatuto de la Corte Penal Internacional y, posteriormente, aprobar y ratificar el estatuto que crea este tribunal con competencia para conocer crímenes internacionales, tales como genocidio, crímenes de guerra y de lesa humanidad, en forma complementaria a la acción de los tribunales internos.
· Ratificar la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, adoptada por la OEA, que previene y sanciona tales desapariciones cometidas por agentes del Estado o personas o grupos que actúen con su autorización, apoyo o aquiescencia, y que tipifica el delito de desaparición forzada de personas como un delito internacional.
· Aprobar y ratificar la Convención sobre Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad adoptada por las Naciones Unidas.
· Aprobar el proyecto de reforma constitucional que hoy se discute en el Senado, que modifica profundamente el sistema de los estados de excepción aún vigente de la Constitución de 1980.
· Aprobar, en el mismo proyecto de reforma constitucional, la modificación de las normas sobre la Superintendencia de la Corte Suprema, de modo que incluya los Tribunales Militares en tiempo de Guerra.
· Reformar el Código de Justicia Militar de modo de incluir:
– Una reducción sustantiva de la competencia de los Tribunales Militares, tanto en relación al tipo de delitos que deben conocer como a las personas que pueden ser juzgadas bajo su jurisdicción, estableciendo que debe corresponder a la justicia ordinaria el conocimiento y juzgamiento de cualquier clase de delitos cometidos por civiles, delitos comunes de militares y delitos comunes con la coparticipación de civiles y militares.
– La incorporación de normas que aseguren que las Convenciones de Ginebra rijan en estado de guerra o en tiempos de guerra; y que los procedimientos de los Consejos de Guerra se ajusten plenamente a la Convención sobre Tratamiento de Prisioneros.
– La fijación de sanciones a las infracciones a las normas contempladas en las Convenciones de Ginebra o en cualquier otro tratado internacional vigente en materia de derechos humanos.
· Aprobación de normas que favorezcan a los chilenos que viven en el extranjero, muchos de ellos como consecuencia directa del exilio, especialmente la reforma constitucional que confiere la nacionalidad de origen a los hijos de chilenos nacidos en el extranjero y de la ley que habilita a votar a los chilenos residentes en el exterior.
b) Fortalecer la educación en derechos humanos.
· El Ministerio de Educación perfeccionará el marco curricular en los diversos grados de enseñanza, particularmente en el nivel medio, profundizando los contenidos destinados a la formación ciudadana, a la convivencia democrática y al conocimiento y valoración de los derechos humanos. Estas iniciativas, algunas en curso en el presente año, se encontrarán plenamente incorporadas al currículo escolar a partir del año 2004.
· Se incluirán dichas materias en la medición del SIMCE para los 2° años medios, en el área de Historia y Ciencias Sociales, de modo de evaluar el logro de aprendizajes de los alumnos en esta área clave de su formación.
c) Institucionalidad en derechos humanos.
La promoción y prosecución de las acciones orientadas a consolidar el respeto y el ejercicio efectivo de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, requiere de una nueva institucionalidad que opere con autonomía de la contingencia y exprese el compromiso permanente de la sociedad con tales objetivos.
A tal efecto se creará un Instituto Nacional de Derechos Humanos y de Libertades Públicas. Este instituto será continuador legal de la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación y del Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior.
El instituto tendrá un director designado por el Presidente de la República y contará con un consejo asesor, nombrado por el Presidente con acuerdo del Senado. El consejo deberá entregar su opinión sobre los planes de acción de la entidad y proponer el reglamento interno de la institución.
Su cometido será velar por el fomento, protección y fiscalización del respeto de los derechos humanos en el país, y por la efectiva y pronta materialización de los acuerdos nacionales en materia de verdad, justicia y reparación. Funciones específicas:
· Guardar en depósito los antecedentes reunidos por la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación y de su sucesora, y toda la información adicional que se pueda reunir en el futuro.
· Promover la adecuada reparación del daño moral de las víctimas de las violaciones a los derechos humanos y otorgarles asistencia social.
· Velar para que existan las condiciones para la ubicación de los cuerpos y/o conocer la suerte corrida por los detenidos desaparecidos y ejecutados sin entrega de restos, establecidas en el artículo N° 6 de la Ley N° 19.123, debiendo hacer las presentaciones judiciales que conduzcan a tal propósito.
· Establecer un sistema de información pública y periódica sobre el estado y avance de los derechos humanos en el país.
· Prestar asesoría, en materias de su competencia, a organismos públicos y privados que lo soliciten.
· Difundir el conocimiento de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, favorecer su enseñanza en todos los niveles del sistema educacional y promover la realización de investigaciones, estudios y publicaciones relativos a las materias antes mencionadas.
· Mantener relaciones con instituciones análogas de otros países y con los organismos multilaterales y no gubernamentales que se ocupen de las mismas materias que competen al instituto.
Propuesta de la Democracia Cristiana Ir a los puntos clave
A pesar de haber manifestado sus dudas ante la efectividad de una propuesta global en materia de derechos humanos y haberse negado a hacer una propuesta como el resto de los partidos, la Democracia Cristiana (DC) decidió no marginarse y entregó el 13 de junio al ministro del Interior su propia iniciativa, siempre basada en el rechazo a cualquier idea que contemple el cierre de los procesos judiciales que instruyen los tribunales.
La propuesta, redactada por Luciano Fouillouix y por Jaime Mulet, está centrada en el respeto a la acción investigadora que realizan los Tribunales de Justicia y en la compensación económica para los familiares de las víctimas.
El documento de cinco carillas se sumó a otros similares del PS y del PPD, adelantándose a la propuesta
que prepara la UDI a fin de encontrar una solución a las familias afectadas por los procesos pendientes por derechos humanos.
Los personeros agregaron que su partido también pretende, bajo este marco, proveer reparaciones económicas compensatorias a través de la mejora de las actuales leyes.
Entre las iniciativas planteadas por la DC se propuso modificar la ley para declarar las acciones civiles de indemnización como imprescriptibles, permitiendo que la cuantía de estos pagos la regulen los tribunales.
· El Estado de Chile debe ratificar la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, el tratado que crea la Corte Penal Internacional y la Convención Sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de lesa humanidad.
· También, otorgar facultades especiales a algunas instituciones que representen al Estado para acordar extrajudicialmente indemnizaciones a los familiares de las víctimas, que puedan ser establecidas de acuerdo a una tabla proporcional al grado de parentesco y otras variables determinadas por ley.
· En materia civil, proponen cambiar la figura de muerte presunta de los detenidos desaparecidos por la figura legal de ausencia forzada para facilitar los trámites de indemnización que deben realizar los familiares de las víctimas.
Esta figura, agregaron, no tendría ninguna incidencia en los procesos penales que se siguen en contra de los responsables, ya que no anula la tesis «del delito de secuestro calificado» que ha permitido que se procese a los responsables de las violaciones a los derechos humanos.
Y aunque, según expresa la DC, los montos para los familiares de las víctimas debieran ser fijados por los tribunales a base de una escala única en que las cantidades sean asignadas por grado de parentesco, también debiera ser posible negociar con algún órgano extrajudicial.
Finalmente, el partido recoge la propuesta del abogado y ex director de la Corporación de Reparación, Luciano Fouillioux, para crear el Defensor del Ciudadano o una subsecretaría de Derechos Humanos, dependiente del Ministerio de Justicia, para velar por el deseo nacional de que nunca más en Chile se violen los derechos humanos.
El senador socialista José Antonio Viera-Gallo envió el 26 de mayo pasado al timonel de su colectividad, Camilo Escalona, una minuta que contenía los puntos principales de la propuesta sobre derechos humanos que el diputado entregaría esa tarde al gobierno.
Viera-Gallo, quien fue el encargado de darle forma jurídica a las ideas del Partido Socialista (PS), explicó que más que una propuesta, Escalona solicitará una serie de medidas destinadas a ayudar económicamente a las familias de las víctimas y a generar soluciones jurídicas más globales.
Las medidas que se plantean son:
· Poner urgencia a la Convención sobre desaparición forzosa de personas, cuya tramitación está pendiente en la comisión de RR.EE. del Senado, habiendo sido aprobada por la Cámara de Diputados.
La Convención declara la desaparición forzosa como un crimen de lesa humanidad y lo convierte en imprescriptible e inamnistiable en el futuro.
· Generar un proyecto de ley con los siguientes objetivos: crear la figura del certificado de ausencia como algo paralelo al certificado de defunción por muerte presunta, lo que permitiría arreglar los problemas legales sin incidir en el juicio; que el Consejo de Defensa del Estado no tenga la obligación de oponerse a las indemnizaciones que reclamen los familiares en juicios, y mejorar las pensiones tomando como parámetro los montos que existen en otros países de América Latina. (Entre US$ 250 mil y US$ 400 mil).
· Que se acelere la identificación de los cuerpos de la llamada bolsa 20 (restos hallados en Pisagua hace diez años) por parte del Servicio Médico Legal.
· Que se estudie declarar monumentos nacionales diversos sitios y edificios de la ciudad de Pisagua, como la cárcel, el teatro y los lugares adyacentes al cementerio donde fueron encontradas las personas y se excavó la fosa, y que se contemplen fondos para erigir allí un memorial.
· Que el Programa de Reparación y Atención Integral en Salud (Prais), que beneficia a los familiares de las víctimas, sea incorporado al AUGE.
Se estima que dicha tendría un valor para el Fisco de más de US$ 562 millones ya que incluye indemnizar a las familias de las víctimas de violaciones a los derechos humanos – detenidos desaparecidos ejecutados políticos y miembros de las Fuerzas Armadas- muertos durante el gobierno militar.
Propuesta del Partido por la Democracia
Basado en el rechazo a cualquier idea que contemple el cierre de los procesos judiciales que instruyen los tribunales, el Partido Por la Democracia (PPD) elaboró una propuesta para la solución de las consecuencias provocadas por los casos de violaciones a los derechos humanos.
El PPD considera necesario que las Fuerzas Armadas y de Orden realicen una nueva recopilación de información entre sus miembros, en retiro y en servicio activo, sobre todo para aclarar las exhumaciones ilegales de cuerpos y su destino final.
El documento establece que se debe respetar la jurisprudencia que estableció la Corte Suprema al considerar como permanente e inadmisible el delito de secuestro de personas. Además, rechaza que una posible reparación económica este vinculada al cierre de los juicios.
Sobre la acción de los tribunales para profundizar la verdad y la justicia, el PPD propone:
· Pedir a la Corte Suprema que aumente el número de jueces especiales dedicados a los procesos por violaciones a los derechos humanos y un mayor apoyo a la gestión judicial de estos.
· Solicitar a las Fuerzas Armadas que inicien un nuevo proceso de búsqueda de información sobre el paradero de los detenidos desaparecidos, centrado en el reconocimiento de las exhumaciones ilegales, realizadas por los aparatos de inteligencia de la dictadura militar, con el fin de evitar la acción de la Justicia.
En el ámbito de las reparaciones y compensaciones para las familias de las víctimas, el PPD las considera «un deber del Estado» y para ello promueve:
· La entrega de una cifra reparatoria, por una vez, a las familias de los detenidos desaparecidos, para garantizarles una vida más diga.
· La modificación de la Ley 19.123, para aumentar en 100% las pensiones que actualmente perciben los familiares y eliminar la discriminación que existe entre convivientes y convivientes con hijos, quienes son considerados ilegítimos por el Instituto de Normalización Previsional (INP).
· La ampliación de las prestaciones del Programa de Reparación y Atención Integral en Salud (Prais), para mejorar el acceso a la salud de los familiares de detenidos desaparecidos.
· Incorporar el acceso a viviendas Serviu y al subsidio habitacional para las familias directas de las personas desaparecidas.
· Crear, mediante una ley, el certificado de Ausencia Forzada, que permita a los familiares resolver problemas de índole civil y matrimonial.
· Instituir el 30 de agosto como «Día del Desaparecido» y legislar para establecer la figura del secuestro permanente en nuestra legislación, como lo ha solicitado la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos (AFDD).
Asimismo, el PPD le solicita al Presidente de la República gestionar una solución global, que incluya los casos de los detenidos desaparecidos, ejecutados políticos y presos políticos.
Finalmente llama a las autoridades de las fuerzas morales e iglesias a que sigan facilitando el esclarecimiento de la verdad sobre las violaciones a los derechos humanos.
Propuesta del Partido Comunista
El 25 de junio el Presidente Ricardo Lagos recibió a los dirigentes del Partido Comunista (PC), Gladys Marín, Jorge Insunza, Sergio Sepúlveda y Lautaro Carmona, quienes le hicieron entrega formal de su propuesta para avanzar en los casos pendientes de violaciones a los derechos humanos.
Dejando en claro su absoluto rechazo a la intención de «poner en un mismo nivel a víctimas y victimarios», el PC presentó un documento que incluye una serie de reformas políticas, entre las que solicitan «poner fin a la Constitución de 1980 y sus enclaves dictatoriales».
Además, estipulan una reparación «jurídica, política, moral, social y económica» para las víctimas de violaciones a sus derechos fundamentales y las familias de aquellas cuyo resultado fue la muerte.
El documento cierra cualquier posibilidad de punto final, «porque ningún tipo de reparación puede pasar por estos macro valores, dado que hay crímenes contra la humanidad que no pueden prescribir ni ser amnistiados», dijo Gladys Marín.
La fórmula también exige abrir un capítulo especial sobre las remociones de cuerpos de detenidos desaparecidos -entre el 78 y el 90- como «una cuestión principal y fundamental para esclarecer la verdad, puesto que se trata de un nuevo delito».
Según Gladys Marín, el tema de los derechos humanos es mucho más amplio que los detenidos desaparecidos y ejecutados políticos, por lo que también es necesario incluir a los torturados, presos políticos, exhonerados y exiliados.
Para el PC, el quiebre de la democracia en Chile «fue el resultado de una confabulación que comenzó al día siguiente de la victoria democrática del 4 de Septiembre de 1970» y que incluyó al Gobierno de Estados Unidos, la oposición de derecha, partidos de centro y los mandos de las Fuerzas Armada.
(FF.AA.)
Sobre las reparaciones que debe entregar el Estado a quienes sufrieron la represión de la dictadura militar, los comunistas solicitan:
· Honrar la memoria de todas las víctimas a través de monumentos, entre los que cuentan la reinstalación del acceso de calle Morandé 80 al Palacio de La Moneda.
· Entregar una reparación económica, que incluya aspectos de salud, educación, vivienda, de manera de garantizarles una vida digna a todas las víctimas y a los deudos de detenidos desaparecidos y ejecutados políticos.
· Una reparación social, en la cual el país asuma que existieron las violaciones a los derechos humanos y que «la tortura, crimen de lesa humanidad se convirtió en recurso corriente».
El PC exige que se normalice la situación de quienes fueron presos políticos durante la dictadura militar, anulando las órdenes de detención pendientes y limpiando sus hojas de sus antecedentes y el fin de la Cárcel de Alta Seguridad, con la consiguiente libertad de los presos que están allí actualmente.
Agregan que se deben devolver los derechos ciudadanos a quienes se les fueron arrebatados por razones políticas, así como entregar una solución a los exonerados políticos, tanto de la administración pública como los miembros de las FF.AA. que se opusieron al golpe de Estado.
Finalmente, el PC demanda que:
· Se ponga fin de la Constitución de 1980. Terminando con los «enclaves autoritarios» de la Constitución: senadores designados, inamovilidad de los comandantes en Jefe de las FF.AA., Tribunal Constitucional y sistema binominal.
· Se anule la ley de Amnistía y sus efectos.
· Se ratifiquen y apliquen los tratados internacionales sobre crímenes contra la humanidad.
· Se reestructure la justicia militar.
· Se cree una comisión contra la tortura
Propuesta del Consejo de Defensa del Estado
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Con la convicción de que los familiares de las víctimas de las violaciones a los derechos humanos deben recibir una compensación monetaria, el Consejo de Defensa del Estado (CDE) propuso al Presidente de la República entregar indemnizaciones extrajudiciales a los deudos, así como garantizar un defensa efectiva de los inculpados, para avanzar en el esclarecimiento de los casos.
El CDE aclaró que la intención de la proposición no es intervenir en los procesos judiciales, sino evitar la situación que se da hoy en día, en que la institución debe alegar contra las demandas civiles que presentan los familiares, porque la obligación que le impone la ley de resguardar el patrimonio fiscal.
La iniciativa fue presentada en agosto del 2000, pero fue reactivada en las últimas semanas cuando la presidenta del CDE, Clara Szczaranski, le envió una carta al Presidente Ricardo Lagos reenviándole el proyecto de ley que entregó el 3 de agosto del año 2000 al Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
En dicha carta la titular de ese organismo fundamenta las razones que llevaron al CDE a presentar el proyecto que, ni en ese momento ni hasta la fecha, por lo menos públicamente, ha sido considerado o analizado por las autoridades de gobierno, corriendo la misma suerte que la propuesta presentada casi tres años después -aunque en distintos términos- por Luciano Fouillioux.
El proyecto de ley contempla la vía administrativa y no judicial y busca resolver temas como la prescripción, la prueba procesal del daño moral o los montos acordes con la jurisprudencia chilena aplicada a los restantes ciudadanos por daño moral.
El CDE incluye a los cónyuges, padres e hijos- de personas que murieron por la acción de los organismos de represión del gobierno militar y cuya situación esté establecida en el informe de la Comisión Rettig.
Los montos de las indemnizaciones que propuso en 2000 el CDE, sujetos a revisión según la institución, son:
· Para cada padre o madre de la víctima y por cada hijo mayor de 18 años: 20 millones de pesos.
· Para la cónyuge y cada hijo menor de 18 años: 30 millones de pesos.
En materia penal, el CDE establece claramente que no puede existir una vinculación entre las reparaciones económicas y el desarrollo de los procesos judiciales.
Sin embargo, expresa su intención de que quienes son imputados por crímenes contra los derechos humanos durante la dictadura militar tengan una defensa eficaz y profesional, para que exista un real avance en los procesos.
En este caso se propone que sea el ministerio de Justicia quien examine los antecedentes, acepte o rechace y ordene el pago del dinero cuando así proceda. Establecía también que «el plazo fatal» para efectuar la presentación sería de un año a contar de la entrada en vigencia de la ley, «transcurrido el cual no podrá reclamarse del Estado prestación voluntaria por daños de cualquier especie ocasionados por órganos de Estado o de personas dependientes o vinculadas a estos».
La propuesta entregada en el Ministerio Secretaría General de la Presidencia consta también de un artículo único, destinado a lograr una solución administrativa a las demandas de indemnización de perjuicios, mediante una modificación a la ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
Para ello se incluía el artículo 44 bis, mediante el cual se establecía que «toda acción civil de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual «requerirá del agotamiento previo de la vía administrativa, la que se ejercerá mediante la presentación de la correspondiente solicitud de reparación de daños, ante el jefe de servicio tratándose de entes centralizados y ante el correspondiente ministerio» en los otros casos.
Los postulados de Clara Szczaranski, titular del CDE
El texto que se titula “DD.HH., otra clase de crímenes”, que envió la titular del CDE al ministro del Interior, José Miguel Insulza, a principios de julio, fue uno de los más osados de los planteamientos hechos para zanjar el tema de los derechos humanos.
En él se señalaba que los crímenes deben ser analizados en modo diverso de los delitos comunes y, necesariamente, caso a caso y persona a persona, dentro de un mismo caso. No hacerlo arriesga injusticias -declaró Szczaranski.
La presidenta del CDE advierte que para poder transar en el ámbito civil se requiere la voluntad del legislador de permitirnos la negociación fuera de un juicio, obviando así los obstáculos procesales y legales. Requiere, asimismo, financiamiento y la fijación de criterios macro sobre montos tope y grado de parentesco.
En este punto, la tesis de Szczaranski coincide con la UDI y con el Partido Socialista, que también propusieron legislar para que familias de las víctimas consignadas en el Informe Rettig puedan reclamar indemnizaciones en tribunales civiles.
1) El primer planteamiento de Szczaranski -y tal vez el más osado- es asegurar a quien entrega antecedentes la libertad provisional inmediata. Nada hace suponer que quien declara pretende escabullir la acción de la justicia o que, a partir de su testimonio, pasa a configurar un peligro nuevo para la sociedad. A partir de la colaboración con la justicia, esos riesgos disminuyen.
2) Asimismo, ofrece que el CDE actúe como ministro de fe para recibir información formulando las preguntas procesalmente pertinentes y útiles de acuerdo al mérito del proceso, ordenándolas y convirtiéndolas en documentos procesalmente adecuados. Sostiene, además, que la recolección técnica de los antecedentes se puede efectuar con apoyo especialmente coordinado con Carabineros, en la forma secreta que se utiliza para testigos protegidos.
3) En ese punto, Szczaranski coincide una vez más con la UDI, que propuso la apertura de un plazo para que los jueces que instruyen procesos de derechos humanos puedan recibir información eficaz, con rebaja de penas para quienes lo hagan si fueren autores o cómplices de los hechos delictivos.
4) La presidenta del CDE agrega que se debiera levantar por ley el deber militar de reserva respecto de crímenes contra DD.HH.
5) Y también postula la inocencia de quienes delinquieron obligados por su rango de subordinación.
6) También propone conmutar las penas por más de un delito relevante para que quien ya está procesado o condenado y entregue información sobre otros delitos que lo incriminen.
En suma, Szczaranski abre dos vías de solución, claramente diferenciadas: la civil y la penal, y es en ésta última donde su tesis se complementa con otras y puede servir para que el Gobierno y los legisladores tomen una decisión final.
Propuesta de la Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos
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A principios de junio la agrupación que reúne a los familiares de detenidos desaparecidos (AFDD) presentó su propuesta que en la práctica aspira a una reparación integral, vale decir, el nombramiento de más jueces para investigar cada uno de los casos pendientes en tribunales; la anulación -a través del Parlamento- de la Ley de Amnistía de 1978; la ratificación de los tratados internacionales sobre la materia y la suscripción por Chile del Tribunal Penal Internacional (TPI).
Asimismo, la AFDD plantea la necesidad de crear las figuras de detenido desaparecido y desaparición por ausencia forzada; mejorar la ley de reparación en aspectos como la salud, la educación y las pensiones; y un reimpulso en la memoria histórica del país, entre otros ámbitos.
) Que la Verdad y la Justicia, como conceptos integrales, son una demanda permanente, irrenunciable y de acción continua, en tanto no se conozca la verdad respecto a lo ocurrido con nuestros familiares, recuperar sus restos y sancionar penalmente a quienes resulten responsables de estos crímenes, tipificados como delitos de lesa humanidad y por tanto inamnistiables e imprescriptibles, en coherencia con las normativas internacionales que obligan a los Estados.
Para el logro de la Verdad y la Justicia demandan:
· La reposición del proyecto de ley que busca la anulación de los efectos del Decreto Ley de Amnistía 2.191, presentado en abril de 1992 al Senado.
· La reposición del proyecto de ley presentado el año 1995 al Parlamento, por la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, denominada “Nuestra Propuesta para la Paz y la Reconciliación en Chile”.
· Que se dicte una ley que tipifique la Desaparición Forzada de Personas como Crimen Contra la Humanidad.
· Que se designen jueces exclusivos para todas las causas que se encuentran radicadas en los Tribunales a lo largo del país.
· Que el Estado chileno ratifique la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas.
· Que el Estado chileno suscriba la formación del Tribunal Penal Internacional.
· Que la Convención sobre la imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de Lesa Humanidad, aprobada el año 1968 en Naciones Unidas, sea ratificada por el Estado chileno.
2) Que entendemos la reparación como un conjunto de medidas destinadas a dignificar el nombre y legado de los detenidos desaparecidos y ejecutados políticos; como el mejoramiento sustancial de la calidad de vida de los familiares de las víctimas y que esta reparación debe propender a resolver una serie de situaciones que afectan la vida y el desarrollo de las familias.
Para el logro de una adecuada reparación demandan:
· Que se dicte una ley que tipifique la “Declaración de Ausencia por Desaparición Forzada”, con el objeto que los familiares no tengan que recurrir, con graves costos emocionales, a la figura de “muerte presunta” al verse enfrentados a situaciones legales y civiles irresueltas.
· Que el Consejo de Defensa del Estado, deponga su actitud de rechazo a las demandas civiles, que en derecho tienen los familiares de las víctimas. Las argumentaciones esgrimidas por el Consejo se contradicen con el reconocimiento de que las víctimas fueron producto de la acción represiva del Estado, y por tanto, es éste el responsable de reparar el daño patrimonial y moral, de acuerdo a la normativa legal vigente y a los Tratados Internacionales suscritos, que obligan al Estado chileno.
· Que se declare oficialmente el 30 de agosto, como el “Día Nacional del Detenido Desaparecido”. Este fue aprobado por la Cámara de Diputados en agosto de 1996 y rechazado por el Senado, por supuesta incompetencia.
· Ante múltiples nuevas denuncias recibidas tanto en la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, como en el Programa de Derechos Humanos, dependiente del Ministerio del Interior, se considera necesario estudiar los casos recepcionados con el fin de proceder a su calificación.
· Que se reedite y difunda el Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación y el de la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación.
· Que la asignatura de Derechos Humanos se incorpore en la malla curricular, en los distintos niveles de educación formal.
· Que se adopten políticas de recuperación de la Memoria Histórica, en su amplio concepto.
Modificaciones a la Ley 19.123:
1. De la Pensión de Reparación
Compartimos el concepto de reparación moral y material, definido por el Informe Rettig, como “un conjunto de actos que expresan el reconocimiento y la responsabilidad que le cabe al Estado” en las violaciones a los derechos humanos cometidas por sus agentes durante el régimen militar.
Efectivamente -como señala el Informe Rettig- “la reparación es una tarea en la que el Estado ha de intervenir en forma conciente y deliberada”, y debe ser un proceso orientado al reconocimiento de los hechos conforme a la verdad, a la dignificación moral de las víctimas y a la consecución de una mejor calidad de vida para las familias más directamente afectadas.
Por tanto:
· Demandamos que el monto referencial, que hoy asciende a la cantidad de doscientos dos mil doscientos cuarenta y un pesos, sea reajustado a seiscientos mil pesos mensuales.
· Que tras el fallecimiento de la madre del causante, ésta sea transferida en forma automática, al padre del causante.
· Que la Pensión para los hijos de las víctimas no extinga por edad y que en caso de fallecimiento de la madre, el monto referencial sea traspasado a éstos.
· Que los hermanos de la víctima sean beneficiarios de la Pensión de Reparación, en un porcentaje a definir.
· Que los hijos discapacitados gocen del monto referencial de la Pensión.
· Que las convivientes perciban la Pensión en la misma calidad y monto que las esposas.
2. De los beneficios médicos
Considerando que la desaparición forzada de personas es una tortura permanente para los familiares, como lo acreditó el fallo de los jueces británicos en el juicio por la extradición de Augusto Pinochet a España y considerando que la evidencia empírica demuestra que los daños a la salud física y psíquica son extremadamente severos.
Por tanto:
· Demandamos que el Programa de Reparación Integral en Salud y Derechos Humanos (PRAIS), sea normado y reglamentado a través de una ley.
· Que el Programa PRAIS, recupere su espíritu original, de prestaciones exclusivas a víctimas sobrevivientes y familiares de los casos tipificados en el Informe Rettig.
· Que el Programa PRAIS sea independiente de cualquier otro Programa de Salud.
· Que el Programa PRAIS, sea un Servicio de especialidades dependientes de la Dirección de los Hospitales Bases, Centro de Diagnóstico y Tratamiento (CDT) o Centros de Referencia de Salud (CRS).
· Que el Programa PRAIS, cuente con un presupuesto propio, para enfrentar las enfermedades catastróficas, otras emergencias de salud y garantizar la entrega gratuita de medicamentos de alto costo. Este Programa no debe ser cuantificado de acuerdo al sistema de prestaciones valoradas.
· Que los equipos profesionales dependientes del Programa PRAIS, sean debidamente capacitados, validados y con sensibilidad frente a las víctimas de violaciones a los Derechos Humanos, tanto en la atención de enfermedades físicas como psicológicas.
· Que si el sistema público no está en condiciones de resolver situaciones de salud, será el Estado el encargado de garantizar la cobertura y gratuidad de la atención en otro servicio.
· Que se suscriban Convenios con las ONGs especializadas en Derechos Humanos y atención en Salud Mental, como son la Fundación de Ayuda Social de las Iglesias Cristianas (FASIC), el Centro Integral de Salud Mental (CINTRAS), el Instituto Latinoamericano de Salud Mental (ILAS) y el Departamento de Investigación de la Tortura de la Corporación de Defensa de los Derechos del Pueblo (CODEPU), con el objeto de recibir una atención especializada y con experticia en el tema.
· Que sea responsabilidad del Ministerio de Salud, notificar mediante instructivo a los Servicios dependientes, los beneficios que otorga el Programa PRAIS, así como velar por el cabal cumplimiento de sus funciones.
3. De la Educación
Considerando que se ha detectado una serie de falencias en los beneficios educacionales, no previstos al momento de la promulgación de la Ley.
Por tanto:
· Demandamos que no exista límite de edad para acceder a la beca de estudio para los hijos.
· Que los nietos de los causantes tengan igual beneficio educacional, que el de los hijos.
· Que la Beca contemple los costos de titulaciones, post grados y post títulos.
4. Del Servicio Militar demandamos:
· La exención del Servicio Militar Obligatorio, debe hacerse extensiva a toda la descendencia en línea recta y colateral del causante, en caso que así lo soliciten y cuyo trámite debe ser canalizado a través del Programa de Derechos Humanos dependiente del Ministerio del Interior.
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¿DEFENDER LOS DERECHOS HUMANOS? SÍ, PERO TODOS LOS DERECHOS HUMANOS
Enviado el Jueves, 15 mayo a las 09:00:06
Por Roberto Morales Farias
El vivir en un país que durante 17 años sufrió la sistemática violación de los derechos humanos por agentes estatales, nos coloca en una posición de mayor responsabilidad frente a la imperiosa necesidad de incorporar en nuestro lenguaje cotidiano y nuestras acciones concretas la defensa y promoción de todos los derechos humanos.
Esto no es tarea fácil, nuestra desgraciada historia reciente, en la que muchos hombres, mujeres, niños y niñas, perdieron la vida, fueron exiliados y relegados, torturados o simplemente desaparecidos, nos lleva a relevar sólo aquellos derechos humanos que impidan que estos sucesos vuelvan a suceder y por cierto esto es entendible sobre todos para aquellos que vivieron en carne propia algunas de las situaciones antes descritas
.
Pero para construir una verdadera cultura de los derechos humanos, en el que incorporemos como parte de nuestro hacer y actuar cotidiano la irrestricta valoración, respeto y defensa permanente de éstos, es necesario ampliar nuestra mirada y entender que la verdadera cultura que debemos construir es la “cultura por la dignidad humana”, es decir, debemos trabajar permanentemente por respetar y que se respete la dignidad de las personas, objetivo último de los derechos humanos consagrados en la Declaración Universal y en los demás instrumentos internacionales.
Lo anterior significa necesariamente, así como hemos hecho parte de nosotros muchos conceptos que seguramente antes de la dictadura militar vivida en nuestro país no estaban presente en nuestros lenguaje y menos en nuestras preocupaciones habituales, hoy debemos preocuparnos de entender y difundir que los hombres y mujeres no solo deben ser respetados en sus derechos políticos y civiles, es decir tener la posibilidad de ser ciudadanos activos de sus sociedades, sin ser necesariamente perseguidos, torturados o simplemente asesinados por defender estos derechos, sino que también son sujetos plenos de otra serie de derechos que al igual que los anteriores y en forma complementaria, lo hacen pleno ciudadano, pero ahora como actor participante y beneficiado del desarrollo de su sociedad.
Es decir, no sólo tenemos derecho a no ser reprimidos política y civilmente, sino también, somos sujeto del derecho a no ser discriminados por nuestra orientación sexual o nuestra etnia, tenemos el derecho a una educación de calidad que nos permita desarrollarnos como personas, tenemos derecho a una sistema de salud que garantice nuestra salud y calidad de vida, tenemos derecho a una seguridad social que nos permita tener una vida adecuada después de nuestra vida laboral activa, tenemos derecho a salarios justos que nos permitan satisfacer nuestras necesidades e integrarnos planamente a la sociedad, tenemos derecho a participar de los beneficios que de la riqueza de nuestro país, es decir tenemos el derecho a ser considerados como ciudadanos de “primera clase” con iguales derechos y deberes que el resto.
Esto que podríamos entender como “problemas sociales”, debemos necesariamente reconsiderarlos como “problemas de derechos humanos” y por tanto reconceptualizar nuestra manera de defenderlos y promocionarlos.
Cuando no respetamos los derechos de los trabajadores, cuando ofertamos educación y salud de mala calidad, cuando no legislamos para que los trabajadores y trabajadoras tengan una sistema de seguridad social adecuado, cuando discriminamos a las mujeres, a los jóvenes, a las minorías sexuales y étnicas, estamos abusando y/o violando los derechos humanos de esas personas.
Lo anterior puede aparecer como una propuesta “políticamente correcta”, pero sin fundamento legal o ético, es aquí donde la “cultura de los derechos Humanos” que se ha venido construyendo a nivel mundial, nos puede orientar. Son muchas las Declaraciones, tratados, pactos y normas que a través del Sistema de Naciones Unidad han establecido las condiciones y normado los comportamientos de no tan solo de los Estados miembros, sino también de los ciudadanos y otros agentes no estatales.
A continuación detallo sólo algunos de los instrumentos que consideran explícitamente ámbitos que dan sustento a lo comentado anteriormente y que dejan de manifiesto que existe instrumental internacional adecuado (a lo mejor no el suficiente) para promover, defender y difundir todos los derechos humanos:
DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS. (1948).
Artículo 22. Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
Artículo 23. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.
Artículo 25. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
Artículo 26. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.
Artículo 27. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES. PIDESC (1966).
Artículo 2. Cada uno de los Estados Partes en el presente Pacto se compromete a adoptar medidas, tanto por separado como mediante la asistencia y la cooperación internacionales, especialmente económicas y técnicas, hasta el máximo de los recursos de que disponga, para lograr progresivamente, por todos los medios apropiados, inclusive en particular la adopción de medidas legislativas, la plena efectividad de los derechos aquí reconocidos.
Artículo 3. Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a asegurar a los hombres y a las
mujeres igual título a gozar de todos los derechos económicos, sociales y culturales enunciados en el presente Pacto.
Artículo 6. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho a trabajar, que comprende el derecho de toda persona a tener la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente escogido o aceptado, y tomarán medidas adecuadas para garantizar este derecho.
Entre las medidas que habrá de adoptar cada uno de los Estados Partes en el presente Pacto para lograr la plena efectividad de este derecho deberá figurar la orientación y formación técnico profesional, la preparación de programas, normas y técnicas encaminadas a conseguir un desarrollo económico, social y cultural constante y la ocupación plena y productiva, en condiciones que garanticen las libertades políticas y económicas fundamentales de la persona humana.
Artículo 7. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona al goce de condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias que le aseguren en especial:
a) Una remuneración que proporcione como mínimo a todos los trabajadores:
i) Un salario equitativo e igual por trabajo de igual valor, sin distinciones de ninguna especie; en particular, debe asegurarse a las mujeres condiciones de trabajo no inferiores a las de los hombres, con salario igual por trabajo igual;
ii) Condiciones de existencia dignas para ellos y para sus familias conforme a las disposiciones del presente Pacto;
b) La seguridad y la higiene en el trabajo;
c) Igual oportunidad para todos de ser promovidos, dentro de su trabajo, a la categoría superior que les corresponda, sin más consideraciones que los factores de tiempo de servicio y capacidad;
d) El descanso, el disfrute del tiempo libre, la limitación razonable de las horas de trabajo y las variaciones periódicas pagadas, así como la remuneración de los días festivos.
Artículo 8. Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a garantizar:
a) El derecho de toda persona a fundar sindicatos y a afiliarse al de su elección, con sujeción únicamente a los estatutos de la organización correspondiente, para promover y proteger sus intereses económicos y sociales. No podrán imponerse otras restricciones al ejercicio de este derecho que las que prescriba la ley y que sean necesarias en una sociedad democrática en interés de la seguridad nacional o del orden público, o para la protección de los derechos y libertades ajenos;
b) El derecho de los sindicatos a formar federaciones o confederaciones nacionales y el de éstas a fundar organizaciones sindicales internacionales o a afiliarse a las mismas;
c) El derecho de los sindicatos a funcionar sin obstáculos y sin otras limitaciones que las que prescriba la ley y que sean necesarias en una sociedad democrática en interés de la seguridad nacional o del orden público, o para la protección de los derechos y libertades ajenos;
d) El derecho de huelga, ejercido de conformidad con las leyes de cada país.
2. El presente artículo no impedirá someter a restricciones legales el ejercicio de tales derechos por los miembros de las fuerzas armadas, de la policía o de la administración del Estado.
3. Nada de lo dispuesto en este artículo autorizará a los Estados Partes en el Convenio de la Organización Internacional del Trabajo de 1948 relativo a la libertad sindical y a la protección del derecho de sindicación a adoptar medidas legislativas que menoscaben las garantías previstas en dicho Convenio o a aplicar la ley en forma que menoscabe dichas garantías.
Artículo 11. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia. Los Estados Partes tomarán medidas apropiadas para asegurar
la efectividad de este derecho, reconociendo a este efecto la importancia esencial de la cooperación internacional fundada en el libre consentimiento.
Artículo 13. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a la educación. Convienen en que la educación debe orientarse hacia el pleno desarrollo de la personalidad humana y del sentido de su dignidad, y debe fortalecer el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales.
Convienen asimismo en que la educación debe capacitar a todas las personas para participar efectivamente en una sociedad libre, favorecer la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y entre todos los grupos raciales, étnicos o religiosos, y promover las actividades de las Naciones Unidas en pro
del mantenimiento de la paz.
2. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen que, con objeto de lograr el pleno ejercicio de este derecho:
a) La enseñanza primaria debe ser obligatoria y asequible a todos gratuitamente;
b) La enseñanza secundaria, en sus diferentes formas, incluso la enseñanza secundaria técnica y profesional, debe ser generalizada y hacerse accesible a todos, por cuantos medios sean apropiados, y en particular por la implantación progresiva de la enseñanza gratuita;
c) La enseñanza superior debe hacerse igualmente accesible a todos, sobre la base de la capacidad de cada uno, por cuantos medios sean apropiados, y en particular por la implantación progresiva de la enseñanza gratuita;
d) Debe fomentarse o intensificarse, en la medida de lo posible, la educación fundamental para aquellas personas que no hayan recibido o terminado el ciclo completo de instrucción primaria;
e) Se debe proseguir activamente el desarrollo del sistema escolar en todos los ciclos de la enseñanza, implantar un sistema adecuado de becas, y mejorar continuamente las condiciones materiales del cuerpo docente.
3. Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a respetar la libertad de los padres y, en su caso, de los tutores legales, de escoger para sus hijos o pupilos escuelas distintas de las creadas por las autoridades públicas, siempre que aquéllas satisfagan las normas mínimas que el Estado prescriba o apruebe en materia de enseñanza, y de hacer que sus hijos o pupilos reciban la educación religiosa o moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.
Artículo 15. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a:
a) Participar en la vida cultural;
b) Gozar de los beneficios del progreso científico y de sus aplicaciones;
Declaración sobre el Derecho al Desarrollo (1986)
Articulo 1. El derecho al desarrollo es un derecho humano inalienable en virtud del cual todo ser humano y todos los pueblos están facultados para participar en un desarrollo económico, social, cultural y político en el que puedan realizarse plenamente todos los derechos humanos y libertades fundamentales, a contribuir a ese desarrollo y a disfrutar del él.
Articulo 2. La persona humana es el sujeto central del desarrollo y debe ser el participante activo y el beneficiario del derecho al desarrollo.
Todos los seres humanos tienen, individual y colectivamente, la responsabilidad del desarrollo, teniendo en cuenta la necesidad del pleno respeto de sus derechos humanos y libertades fundamentales, así como sus deberes para con la comunidad, único ámbito en que se puede asegurar la libre y plena realización del ser humano, y, por consiguiente, deben promover y proteger un orden político, social y económico apropiado para el desarrollo.
Articulo 8. Los Estados deben adoptar, en el plano nacional, todas las medidas necesarias para la realización del derecho al desarrollo y garantizarán, entre otras cosas, la igualdad de oportunidades para todos en cuanto al acceso a los recursos básicos, la educación, los servicios de salud, los alimentosvivienda, el empleo y la justa distribución de los ingresos. Deben adoptarse medidas eficaces para lograr que la mujer participe activamente en el proceso de desarrollo. Deben hacerse reformas económicas y sociales adecuadas con objeto de erradicar todas las injusticias sociales
Los Estados deben alentar la participación popular en todas las esferas como factor importante para el desarrollo y para la plena realización de todos los derechos humanos.
Roberto Morales Farias, es Secretario Ejecutivo del Instituto de Estudios Laborales -FIEL y Vicepresidente de la Sección Chilena de Amnistía Internacional.
Colaborador de Crónica Digital.
Santiago de Chile, 15 de mayo 2008
Crónica Digital