JUSTICIA QUE TARDA…..ES DENEGACIÓN DE JUSTICIA.

El tortuoso camino que siguen las demandas judiciales de víctimas de graves violaciones a los derechos humanos. La amarga realidad es que los juicios se eternizan y el Consejo de Defensa del Estado juega un papel indigno en esto. Cuando se demanda al Estado el procedimiento establecido es el del juicio de hacienda, de lato conocimiento, ordinario, con toda clase de privilegios para el demandado Fisco de Chile. En estos últimos años ha estado apareciendo la noticia de sentencias de segunda instancia que acogen la demanda, pero que el CDE presenta recurso de casación a la Corte Suprema.
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EL ESTADO CHILENO HACE VISTA GORDA FRENTE A LAS EXIGENCIAS DE LAS NN.UU QUE EXIGEN JUSTICIA RAPIDA Y EFECTIVA EN MATERIA DE REPARACIONES.

El derecho de las víctimas del terrorismo de Estado es tener acceso a una justicia rápida. Así lo dispone la Resolución 60-147 de 2006, acordada por la Asamblea General de la ONU

El rol del Estado debe ser activo en materia de reparaciones a víctimas de graves violaciones a los derechos humanos. Las víctimas deben tener acceso a una justicia rápida y efectiva como dispone la Resolución 60-147 de 2006, acordada por la Asamblea General de la ONU. Esas disposiciones siguen siendo «letra muerta» en nuestro país.
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ASI MANDABA A MATAR MANUEL CONTRERAS

Víctor Díaz (Dirigente del Partido Comunista), fue asfixiado en el cuartel de Simón Bolívar a comienzos de enero de 1977 con una bolsa plástica en la cabeza, por los suboficiales infantes de Marina, Bernardo Daza Navarro y Sergio Escalona Acuña, mientras la agente teniente de Ejército Gladys Calderón Carreño le inyectó cianuro. Su cuerpo fue arrojado al mar a bordo de un helicóptero.